miércoles, febrero 11, 2026
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Villa Santa Cruz del Lago: municipio rechaza el uso de reconocimiento facial para el acceso al barrio Lago azul

La Municipalidad de Villa Santa Cruz del Lago emitió un comunicado oficial en el que ratifica que barrio Lago Azul es un barrio residencial abierto y afirma que “no avala ni autoriza medidas que limiten el libre tránsito” ni condicionen el ingreso mediante reconocimiento facial u otros datos biométricos.


A partir de la información difundida por la Asociación Civil Centro Vecinal Barrio Lago Azul sobre la implementación de un sistema de acceso mediante reconocimiento facial, la Municipalidad de Villa Santa Cruz del Lago hizo pública su posición a través de un comunicado oficial.

En primer lugar, el Municipio precisó que el barrio Lago Azul “no reviste carácter de barrio privado, cerrado ni country, sino que se trata de un barrio residencial abierto”, y subrayó que “sus calles y vías de acceso son de uso público”.

En ese marco, la gestión local remarcó que “la Municipalidad de Villa Santa Cruz del Lago no avala ni autoriza medidas que limiten el libre tránsito, vulneren derechos de los habitantes o impliquen tratamiento indebido de datos personales”, al referirse a cualquier mecanismo que pretenda restringir el acceso a un sector cuya traza vial pertenece al dominio público.

El comunicado también enfatiza que “ningún particular o asociación puede condicionar el ingreso o circulación de vecinos y vecinas al uso obligatorio de datos biométricos u otros mecanismos que restrinjan derechos”, dejando en claro que el diseño de políticas de acceso y circulación en espacios de uso público es competencia de la autoridad municipal y debe ajustarse a la normativa vigente en materia de tránsito y protección de datos personales.

Desde el Gobierno municipal señalaron que esta definición apunta a garantizar el libre tránsito, la igualdad de acceso y la protección de los derechos de la comunidad, reafirmando que cualquier iniciativa que implique el uso de tecnologías de control o identificación sobre la vía pública debe contar con los debidos resguardos legales y no puede ser decidida ni aplicada de manera unilateral por entidades privadas o vecinales.

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