La Justicia aprueba parcialmente el Plan de Saneamiento del Lago San Roque y ordena su ejecución bajo control estricto

La Cámara Contencioso Administrativa de Tercera Nominación de Córdoba resolvió que la Provincia y los municipios deben implementar el plan con las adecuaciones impuestas por el tribunal. Se fijaron plazos concretos, auditorías obligatorias y mecanismos de participación pública.

La Cámara Contencioso Administrativa de Tercera Nominación de Córdoba resolvió hacer lugar parcialmente a la acción de amparo ambiental presentada en 2022 por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS) contra la Provincia de Córdoba y varios municipios y comunas del Valle de Punilla, en relación al deterioro del lago San Roque y su cuenca hídrica.

En su sentencia, dictada este miércoles, el tribunal aprobó en términos generales el Plan de Saneamiento del Lago San Roque y de Desarrollo Sostenible presentado por la Provincia, pero con múltiples observaciones y condicionamientos. La ejecución del plan será obligatoria tanto para el Estado provincial como para los gobiernos locales involucrados, en la medida de sus competencias territoriales y materiales.

Control, reformulación y transparencia

La Justicia designó a la Autoridad de Cuencas como organismo responsable de controlar, monitorear y responder por el cumplimiento del plan ante el tribunal, sin perjuicio de qué jurisdicción esté a cargo de cada acción concreta. Además, le ordenó:

  • Reformular el plan en un plazo de 30 días, ajustándolo a las observaciones del fallo.
  • Presentar una Auditoría de Corte en un plazo máximo de seis meses, y luego informes semestrales sobre los avances, en cumplimiento del Decreto Provincial N° 247/2015.
  • Habilitar, en un plazo de 90 días desde la reformulación, una página web pública y accesible, con información clara y actualizada sobre el estado de ejecución del plan, disponible para todo tipo de dispositivos y personas con discapacidad.

Esta plataforma deberá permitir además la participación ciudadana, habilitando la presentación de propuestas y mejoras, que serán evaluadas por el Órgano Consultivo Permanente, según lo previsto por la normativa vigente.

Daño ambiental y respuesta institucional

El tribunal reconoció la existencia de un daño ambiental colectivo grave en la cuenca del San Roque, que afecta derechos constitucionales fundamentales como el acceso al agua potable, a la salud y a un ambiente sano. El fallo también subraya la responsabilidad concurrente del Estado provincial y de los municipios, ya sea por acción o por omisión, en el agravamiento de la situación ambiental.

Entre los municipios y comunas alcanzados por la resolución figuran Villa Carlos Paz, Cosquín, La Falda, Tanti, San Antonio de Arredondo, Santa María de Punilla, Valle Hermoso, y otras localidades del sur de Punilla, cuyas acciones deberán alinearse al plan bajo supervisión judicial.

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