La Cámara Nacional Electoral revocó el fallo de una jueza federal que había permitido que Cristina Fernández de Kirchner ejerciera su derecho a votar en las elecciones generales del 26 de octubre de 2025. La causa se basa en su condena firme en la causa Vialidad, que incluye inhabilitación para cargos públicos.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) dejó este lunes sin efecto un fallo de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que la habilitaba para votar pese a estar condenada. La CNE determinó que Cristina Fernández de Kirchner no podrá votar en las legislativas de octubre porque la inhabilitación electoral que trae la condena firme por corrupción la excluye del padrón electivo.
El fiscal nacional electoral, Ramiro González, había solicitado que se la excluya del padrón, argumentando que no existe normativa legal que permita que alguien con condena penal firme ejerza el sufragio sin solicitud expresa ni habilitación concreta.
La CNE sostuvo que los fallos previos que declaraban inconstitucionales ciertos artículos del Código Penal y del Código Electoral no aplican de manera genérica, sino caso por caso, y requieren petición expresa del interesado o del Ministerio Público para habilitar el derecho al voto. En este caso, la habilitación había sido hecha de oficio, sin solicitud de Cristina Kirchner, lo cual violó precedentes legales.
Por lo tanto, el domingo 26 de octubre, Cristina Fernández de Kirchner no figurará en el padrón electoral y no podrá emitir el voto, por primera vez desde que regresó la democracia.