La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito fijó el nuevo valor de la Unidad Fija, referencia que se utiliza para calcular las multas viales en la provincia. Con la actualización, las infracciones leves parten desde $42.180 y las máximas pueden alcanzar los $4.218.000.
Las multas de tránsito en Córdoba vuelven a actualizarse a partir del nuevo valor de la Unidad Fija (UF), el parámetro que se utiliza para calcular las sanciones económicas en rutas y caminos provinciales.
La referencia está atada al precio del litro de nafta Súper y se ajusta de manera mensual. En esta oportunidad, la Resolución 28 de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito, publicada en el Boletín Oficial, fijó cada UF en $2.109.
Con ese nuevo valor, las sanciones para conductores que cometan infracciones viales tendrán un nuevo piso y nuevos topes, según la gravedad de la falta.
Cómo quedan los valores
Las infracciones leves, como conducir fumando, se calculan entre 20 y 100 UF. Con la nueva actualización, los montos van de $42.180 a $210.900. Además, pueden implicar la quita de hasta 2 puntos en la licencia.
Las infracciones graves, como circular sin las luces encendidas cuando corresponde, se ubican entre 100 y 200 UF. En dinero, las multas van desde $210.900 hasta $421.800, con una pérdida de entre 2 y 5 puntos.
En el caso de las muy graves, que incluyen conductas como cruzar un semáforo en rojo, circular en contramano o exceder los límites de velocidad en condiciones de riesgo, las sanciones van de 200 a 400 UF. Así, los montos pueden llegar hasta $843.600, con quita de hasta 20 puntos.
Las sanciones máximas alcanzan a casos como alcoholemia positiva o destrucción de infraestructura vial. En este tramo, las multas se calculan entre 1.200 y 2.000 UF, por lo que arrancan en $2.530.800 y llegan a $4.218.000. En estas situaciones también puede aplicarse la inhabilitación para conducir y, según el caso, derivar en denuncias penales.
Qué conductas se consideran graves
La Ley de Tránsito contempla como infracciones graves una serie de conductas que comprometen la seguridad vial. Entre ellas se incluyen la conducción negligente o temeraria, la omisión de auxilio en caso de accidente, la circulación sin autorizaciones obligatorias, la falta de chapa patente o el uso de vehículos que no cumplan con las condiciones técnicas de seguridad.
También se consideran graves los incumplimientos vinculados a límites de velocidad, prioridad de paso, adelantamientos indebidos, cambios de dirección o circulación en sentido contrario, además de estacionar en lugares peligrosos o que obstaculicen el tránsito.
Cuándo una falta puede agravarse
Las sanciones pueden endurecerse cuando la infracción pone en riesgo la salud de las personas, causa daños materiales, entorpece la prestación de un servicio público o es cometida abusando de una situación de urgencia, emergencia o de una función oficial.
También se contemplan agravantes cuando el infractor finge prestar un servicio de emergencia o utiliza indebidamente una franquicia que no le corresponde.
Con la nueva actualización, los valores vuelven a quedar atados a la evolución del combustible, lo que impacta de manera directa en el costo de las multas que aplica la Policía Caminera en la provincia.
































