Fumigaciones: la Corte Suprema dejó firme la sentencia de barrio Ituzaingó

Finalmente, la idea central con la que dos condenados por las fumigaciones en barrio Ituzaingó anexo recurrieron a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), aduciendo que “los agroquímicos no eran residuos peligrosos”, no tuvo eco.

El principal organismo judicial del país rechazó el planteo, realizado después de la condena de la Cámara Primera del Crimen de Córdoba por el conocido caso de las fumigaciones en barrio Ituzaingó.

Debiendo cumplir la pena de prisión condicional de tres años, el el productor agropecuario Francisco Parra y el piloto de avioneta de agroquímicos, Edgardo Pancello, fueron condenados por envenenar de “modo peligroso” los suelos, la salud y el ambiente barrio Ituzaingó anexo de la ciudad de Córdoba y zonas aledañas.

La CSJ refirió que el planteo es “inadmisible”, por considerar que la acusación “no es agravio federal”.
La sentencia judicial inhabilita a ambos para aplicar productos agroquímicos en cualquier campo (ocho años para Parra y diez a Pancello) y los obliga a realizar tareas comunitarias para el Estado u organizaciones ambientales por cuatro años.

 
Cba24n

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