Correo Argentino: cierran causa de condonación a Grupo Macri

La vicepresidenta Michetti firmó decreto rechazando que el Estado lo haya favorecido aceptando una propuesta de pago de deuda.
 

Pasaron más de dos años desde que se conociera que el gobierno nacional había resuelto aceptar una propuesta de pago que realizó el Grupo Macri, como concesionario del Correo Argentino, por una deuda que permaneció una década y media sin avances.

En aquel 2016 fue la propia fiscal general ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Gabriela Boquín, quien consideró a la operación como una ‘condonación’, definida como “abusiva, ruinosa e inadmisibe”.

Particularmente, porque el Estado aceptaba que los poco menos de trescientos millones de dólares que debía la firma de la familia del presidente de la Nación, Mauricio Macri, sean abonados en cuotas que se terminarían de pagar en 2033 y sin interés alguno.

En su momento, Boquín acudió a la Procuración del Tesoro Nacional, que realizó un cálculo estadístico del interés de la deuda en cuestión, de acuerdo a índices y con la tasa del Banco de la Nación Argentina, lo que significaba “un perjuicio” a las arcas del Estado por alrededor de setenta mil millones de pesos, dentro de una quita que beneficiaba ampliamente al Grupo.

Oscar Aguad era el ministro de Comunicaciones de la época, que se había encargado de sellar el acuerdo, que con posterioridad no se implementó por la amplia presión social y política.

Este martes, y después de que el propio Macri se desligara de intervenir en la cuestión por presuntos “conflictos de interés”, la vicepresidenta, Gabriela Michetti, firmó el decreto 907/2018.

Allí se dispone rechazar el recurso jerárquico interpuesto por el Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas de la Procuración General de la Nación.

Los argumentos oficiales apuntan que “fueron respetadas las etapas ordenadas por el Reglamento de Investigaciones Administrativas, así como también, las garantías que deben ser observadas en todo procedimiento sancionador”.

 
Cba24n

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