Carlos Paz Gas y la ‘timba financiera’

Mientras sigue sin poder avanzar con la obra de ampliación de la red, la empresa Carlos Paz Gas (CPG) es escenario de una nueva polémica.

El tema ahora pasa por el pago de intereses en las facturas que debe abonar mensualmente a la distribuidora Ecogas. Es que, aunque la empresa tiene efectivo de sobra, el dinero se puso en plazos fijos y por eso no logró cubrir el monto mensual. Esto ocurrió en diciembre y enero. En el primer caso se pagaron 22.881 pesos por mora, y en el segundo 16.679 pesos.

La noticia se conoció la semana pasada cuando ingresó al Concejo de Representantes una nota alertando sobre esta situación firmada por los directores que representan a la Cooperativa Integral, Mario Díaz y Blanca Pérez.

Entre la documentación se destaca la justificación del presidente de CPG, Roberto Rizzi, sobre el incumplimiento del pago en término de la factura.

“El pago de intereses en la factura de Ecogas correspondiente a diciembre de 2016 se debió a que al momento del vencimiento de la misma no teníamos fondos suficientes, fuera de los plazos fijos, como para abonar la misma desde un banco, por lo tanto debimos esperar el vencimiento de uno de los plazos fijos, que nos reportó más intereses que los pagados”, argumentó Rizzi.

Para Díaz, esta respuesta “solo ratifica la incapacidad de los directores municipales en la dirección de esta empresa, únicos autorizados estatutariamente a comprometer y cancelar deudas”.

“Queda demostrado una vez más que la gestión ejecutiva de los directores municipales, por la que perciben un ingreso mensual abonado por el municipio, no resuelve ni garantiza el cumplimiento de obligaciones contractuales, de servicio de la empresa y tampoco lo garantiza la gestión contable interna, hechos que hacen impostergable el nombramiento de un Gerente General tal cual lo venimos solicitando los directores cooperativos y que está establecido en el Estatuto Social vigente.

Otra irresponsabilidad es la manifestación sobre que ‘ganamos más manteniendo los plazos fijos que pagando a término el consumo’ de los 20 mil usuarios de Carlos Paz Gas. Con ese erróneo criterio economicista, votando por mayoría como sistemáticamente lo hacen, nos llevarán a ingresar en la timba financiera poniendo en riesgo de ‘corte de servicio por falta de pago’ a la Distribuidora, desconociendo el objeto social de la empresa que es brindar el servicio de gas natural y no el de realizar inversiones financieras especulativas”, acusó.

Rizzi contraatacó: “las imposiciones a plazo fijo se efectuaron por resolución unánime del Comité Ejecutivo (…) por lo que sus comentarios y adjetivaciones respecto a ‘incapacidad de los directores municipales’, ‘impericia de la contadora Mónica González’, ‘ingresar a la timba financiera’ como también el absurdo riesgo de ‘corte de servicio por falta de pago’ para ‘realizar inversiones financieras especulativas’, no sólo no tienen asidero fáctico, lógico ni legal alguno, sino que demuestran su sistemático entorpecimiento en la marcha de esta empresa, produciendo una pérdida de tiempo injustificada como es esta contestación”.

Díaz, en cambio, aclaró que si bien “es cierto que solicitamos y aprobamos depositar en ‘plazo fijo’ determinada cantidad de dinero (…) se discutió y planteó que había que garantizar los compromisos preexistentes y concretamente se hizo referencia a la factura mensual por consumo de Ecogas y certificados de obras ejecutados”.

Tras este intercambio a nivel interno en Carlos Paz Gas, Díaz y Pérez elevaron los antecedentes al Concejo de Representantes, donde denuncian que, “además de los embargos por incumplimiento en el pago de las obligaciones de la Afip ya denunciados, desde la gestión administrativo de los directores municipales Fernando Cotti, Juan Carlos Zopetti y Roberto Rizzi, se ha incumplido con el pago a término de consumos a la distribuidora Ecogas”.

A partir de esta situación, los directores cooperativista consideran que los representantes del municipio (Rizzi, Zopetti y Cotti), “están comprendidos en los artículos 59 y 274 de la ley 19550” de sociedades comerciales, en referencia a la responsabilidad de los administradores y mal desempeño del cargo.

 

Nota correspondiente a la edición n° 456 del semanario La Jornada, del 12 de marzo de 2017.

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