Aunque se autopercibe paladín de la transparencia, Avilés sigue retaceando información sensible sobre el transporte urbano, aun en contexto de emergencia

Ni siquiera la emergencia declarada en el transporte urbano de Villa Carlos Paz sensibilizó al intendente Esteban Avilés para compartir con la oposición información realmente importante en relación al fundamental servicio.

Cabe recordar que hace unos días, a instancias del mandatario, el Concejo de Representante, con los votos del bloque de Carlos Paz Unido, decretó una emergencia por un año, como respuesta a la decisión del gobierno nacional de quitar los subsidios al transporte del interior.

Esta medida, a partir de la delegación de facultades, habilita a Avilés a tomar medidas ‘extraordinarias y urgentes tendientes a garantizar la prestación del servicio, tales como establecer y/o rediseñar líneas y recorridos, modificar frecuencias, así como disponer el ordenamiento e instrumentación del régimen económico tarifario y toda otra medida que estime pertinente’, sin pasar por el cuerpo legislativo y sin habilitar la participación de los vecinos a través de audiencias públicas.

En este contexto, el concejal Carlos Quaranta (Carlos Paz Inteligente), presentó un pedido de informes para que el intendente presente el análisis técnico del ‘costo real’ que hoy tiene la prestación del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros en nuestra ciudad.

‘Desde hace tiempo venimos reclamando al gobierno municipal, desde nuestra banca, conocer el costo real de la prestación del servicio, más allá de la tarifa que efectivamente paga el usuario que solo cubre una parte del costo, que luego se veía complementado por los subsidios nacionales, provinciales y el aporte del propio estado municipal’, recordó. Y agregó: ‘Todos los incrementos de las tarifas del boleto desde que fue adjudicado el servicio a la empresa CAR-COR S.R.L., han sido en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC), sin tener en cuenta el real incremento de cada ítem que conforma la tarifa del servicio (combustibles, neumáticos, repuestos, seguros, impuestos y tasas; personal, rentabilidad empresaria, entre otros). Hoy no sabemos cuál es ese costo real’, advirtió.

Por último, al pedir el tratamiento sobre tablas del proyecto en la sesión del jueves pasado, insistió con que, ‘estamos buscando información y transparencia debido a que en el marco de la emergencia las medidas van a significar una situación de mayor gravedad para los usuarios’.

Imperturbables y sin dar ninguna explicación, los siete obedientes integrantes del bloque oficialista enviaron el proyecto a comisión rechazando, de hecho, facilitar la información requerida.

Qué se pedía

ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, en el plazo de diez (10) días, remita Planilla actualizada a la fecha de los costos del servicio de acuerdo a los ítems previstos en la planilla discriminativa de costos del Anexo III, Artículo 2°, Inciso b.1)-, según el detalle de rubros allí establecidos:

1. Combustibles

2. Lubricantes

3. Neumáticos

4. Depreciación del material rodante

5. Repuestos y reparación del material rodante

6. Seguros (Personal, Vehículos, Bienes Inmuebles)

7. Impuestos y tasas (discriminadas)

8. Costo del capital invertido: Material rodante, Infraestructura, Equipamiento (máquinas, herramientas, computadoras, etc.)

9. Revisión Técnica Obligatoria

10. Personal: Directivo, Conducción, Tráfico, Talleres, Administrativos, Otros (asesoramiento jurídico contable, etc.)

11. Costos financieros

12. Publicidad

13. Rentabilidad Empresaria, etc.

14. Otros costos.-

ARTÍCULO 2º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, en el plazo de diez (10) días remita los informes trimestrales que, desde la vigencia de la concesión a la fecha, debió presentar la prestataria conforme CLÁUSULA CUARTA inciso m) del Contrato de Concesión N° 1.081/2022, en el que debe explicitar la situación técnica de la explotación del servicio, con información desagregada mensualmente de kilómetros recorridos, vehículos en operación y pasajeros transportados para cada uno de los precios percibidos por el concesionario, un informe semestral sobre situación financiera, y toda otra información y/o documentación que pudiere haberse requerido.

ARTÍCULO 3º.-SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, en el plazo de diez (10) días, informe y remita las copias debidamente certificadas de todas las Retribuciones Mensuales de los Servicios Prestados y Pago de los Servicios a la concesionaria CAR-COR S.R.L., desde la vigencia de la concesión a la fecha, debiendo detallarse por separado subsidios nacionales, subsidios provinciales y compensaciones municipales; conforme lo establecido en el artículo 50° de la Ordenanza N° 6.815, y la cláusula SEXTA del Contrato de Concesión N° 1.081/2022.-

Lo que sucedió en la sesión

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