Vence el 13 de febrero el plazo para acogerse a la moratoria aunque no se descarta una nueva prórroga

Debido a la gran afluencia de contribuyentes y a fin de que todos tengan la oportunidad de cumplir con sus pagos, el municipio de Villa Carlos Paz prorrogó la vigencia del Plan Especial de Pago de Deudas Tributarias hasta el próximo 13 de febrero de 2018 inclusive.

La moratoria comprende deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2017 por Tasa Municipal por Servicios a la Propiedad; contribución que incide sobre la Actividad Comercial Industrial y de Servicios; contribución que incide sobre los Espectáculos y Diversiones Públicas; contribución que incide sobre la Ocupación y Comercio en la Vía Pública; contribución que incide sobre la Publicidad y Propaganda; contribución con Afectación Específica; contribución por Mejoras; contribución que incide sobre los Vehículos Automotores y Acoplados; contribución sobre Cementerio; contribución por Servicios Relativos a la Construcción de Obras Privadas y Rentas diversas.

El plan beneficiará con una quita del 80% de los intereses a quienes paguen de contado; 70% para los que abonen la mitad de contado y 3 cuotas; 60% en 3 cuotas; 40% en 6 cuotas; 20% en 12 cuotas y 0% en 18 cuotas.

“Esta es una oportunidad muy importante para los contribuyentes porque tiene beneficios que les permiten acceder con facilidad para ponerse al día con el municipio. Habitualmente estos planes con este tipo de beneficios no suelen presentarse, además recordamos que alcanza a todas las tasas del municipio y para el sector comercial y todos los vecinos en forma particular”, señaló el secretario de Economía y Finanzas, Daniel Gilli.

Sobre la posibilidad de una nueva prórroga, el funcionario no lo confirmó pero tampoco lo negó. “Hasta el momento el departamento Ejecutivo no ha decidido si se realizará o no una nueva prórroga”, afirmó.

Cabe destacar que para materializar el acogimiento a la moratoria, será imprescindible el pago de la primera cuota y/o total según corresponda.

Se establece, asimismo, que los contribuyentes acogidos a planes de pagos anteriores por deudas comprendidas en el presente plan, estén caducos o no, podrán refinanciar sus obligaciones mediante este plan, previa solicitud de su cancelación.

 

Nota correspondiente a la edición n° 500 del semanario La Jornada, del 05 de febrero de 2017.

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