Sumaron la avenida Uruguay al corredor de bares y restaurantes con música en vivo

Punta Hidalgo - PeñaEl Concejo de Representantes aprobó el jueves pasado y por unanimidad, un proyecto que modifica la ordenanza 5840 e incorpora la avenida Uruguay al corredor donde pueden instalarse bares y restaurantes que ofrezcan espectáculos musicales en vivo.

El proyecto había sido elevado por el departamento ejecutivo y fue debatido en el seno de la comisión de Interpretación Reglamento Educación y Asuntos Institucionales, donde se le realizaron algunas modificaciones.

La decisión intenta traer justicia ya que, insólitamente, la ordenanza en cuestión dejaba al margen de la posibilidad de tener música en vivo a los locales ubicados sobre la importante avenida.

El tema salió a la luz cuando ‘Punta Hidalgo’ anunció que no podía realizar más sus tradicionales ‘peñas’ de los jueves a partir de las sucesivas notificaciones y clausuras por parte del municipio, al no cumplir con esta normativa.

La concejala Natalia Lenci (UCR) había deslizado que la ausencia de la avenida Uruguay de las arterias habilitadas para este tipo de espectáculos podría tener que ver con una ‘persecución política’ ya que Punta Hidalgo pertenece a la familia de Rudi Trossero, defensor del Pueblo Adjunto.

Tras la modificación, la ordenanza en ese punto específico quedó redactada de la siguiente manera: “Para el rubro de Bares y Restaurantes con música en vivo, éstos podrán ubicarse en las calles Sarmiento en toda su extensión, 9 de Julio (desde Sarmiento hasta General Paz), General Paz hasta Av. Libertad, Av. Libertad en toda su extensión, Av. San Martín en toda su extensión, Avda. Uruguay en toda su extensión, Av. Cárcano en toda su extensión, y en todos los Corredores C y  zona AC3 de la Ordenanza 4021. Los espectáculos mencionados solo podrán tener solistas, dúos o grupos de no más de tres integrantes, sin grandes amplificaciones de sonido, de modo que puedan amenizar a los asistentes sin molestar a los vecinos. El espectáculo deberá circunscribirse exclusivamente al interior de los locales.

Para la habilitación de Bares y Restaurantes con música en vivo, fuera de las zonas determinadas en el párrafo anterior, el Departamento Ejecutivo deberá reglamentar la figura de Licencia Social, procedimiento por medio del cual el establecimiento cuente con aprobación de los vecinos de su entorno inmediato, y contar con la intervención del Consejo de Planificación Urbano Ambiental”.

Asimismo se dispone que, “ningún espectáculo público de los comprendidos en la presente Ordenanza podrá afectar las condiciones de habitabilidad de las viviendas vecinas por medio de luces, sonidos y ruidos que contravengan las disposiciones de la Ordenanza respectiva. Asimismo deberán cumplimentar con las condiciones de seguridad e higiene establecidas por las Ordenanzas correspondientes. La Municipalidad intervendrá de oficio o a petición de parte, para subsanar las anormalidades que se presenten en esos aspectos, labrando las actuaciones correspondientes o determinando la clausura preventiva de los locales según el caso. Se exige además, un retiro no menor de 3 (tres) metros entre las medianeras y el perímetro de los establecimientos. En el caso de bares y restaurantes con música en vivo, el retiro de 3 metros se considerara desde la fuente sonora a las medianeras, aislando estas últimas  acústicamente”.

 

Nota correspondiente a la edición n° 416 del semanario La Jornada, del 15 de mayo de 2015.

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