Senado aprobó proyecto de Caserio para iniciar la remediación de la mina Los Gigantes

Carlos Caserio
Carlos Caserio

Durante la sesión ordinaria que tuvo lugar el miércoles pasado, el senado de la nación aprobó por unanimidad el proyecto S-0680/16 que fue presentado por Carlos Caserio y que impulsa iniciar un proceso de remediación inmediata del pasivo ambiental del complejo denominado Los Gigantes y, al mismo tiempo, evitar el derrame de material sobre arroyos circundantes.

La remediación se llevará a cabo con la participación y la fiscalización de organismos independientes nacionales e internacionales y de la secretaría de Ambiente de la Provincia, en el marco del Programa de Remediación de Material de Uranio (PRAMU).

Además, el proyecto dispone la prohibición expresa de autorizar futuras explotaciones en el lugar y/o trasladar residuos tóxicos al mismo.

Tras el aval del senado, el proyecto será discutido ahora en la cámara de diputados de la nación.

 

Principales puntos

Complejo Minero Los Gigantes (3)El proyecto de remediación que elaboró el senador Carlos Caserio (radicado en Villa Carlos Paz desde hace varios años) plantea los siguientes pasos:

1.- Iniciar un proceso de remediación de manera inmediata del pasivo ambiental en el sitio denominado “Complejo Minero Fabril Los Gigantes” con encapsulamiento del material (cola del mineral) que ha quedado depositado en el lugar; Iniciar luego el proceso de forestación a los efectos de generar menor impacto ambiental, y al mismo tiempo evitar el derrame del material sobre los arroyos circundantes.

2.- Dicha remediación se deberá llevar a cabo con la participación de organismos independientes nacionales y/o internacionales capacitados a los efectos de controlar el tratamiento de los residuos radiactivos y no radiactivos del lugar.

3.- El proceso de remediación se deberá llevar a cabo con la participación del Gobierno de la Provincia de Córdoba a través de la Secretaria de Ambiente o del organismo que la propia Provincia disponga.

4.- Se deberá convocar a audiencias públicas en el marco de la ley nacional N° 25675 y el derecho constitucional de la ciudadanía a ser consultada a los efectos de cumplir con la necesidad de consenso social en la realización de los trabajos de remediación ambiental y su monitoreo, que se relacionan con la protección y preservación del ambiente, que sean de incidencia general o particular.

5.- El proceso de remediación se deberá llevar adelante en el marco del programa PRAMU (Programa de Remediación de Material de Uranio) oportunamente aprobado por el Gobierno Nacional, mediante el cual se asignan partidas presupuestarias específicas en relación a la temática. “2016 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

6.- Disponer la prohibición expresa de autorizar la futura explotación en el lugar de cualesquiera tipos de actividades vinculadas a la extracción y/o procesamiento de uranio y/o de cualesquiera otros materiales radiactivos y/o peligrosos.

7.- Disponer la absoluta prohibición de que dicho lugar sea considerado, por la Comisión Nacional de Energía Atómica (C.N.E.A.) y/o por cualquier otro organismo nacional y/o de índole privado que pudiere disponerse, como reservorio y/o depósito de materiales radiactivos y/o no radiactivos y/o de baja intensidad radioactiva.

 

Nota correspondiente a la edición n° 425 del semanario La Jornada, del 17 de julio de 2016.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here