Se podrá justificar la no emisión del voto en la defensoría del Pueblo de Villa Carlos Paz

Defensoría del Pueblo - logoLa defensoría del Pueblo de Villa Carlos Paz incorporó un nuevo servicio a los vecinos bajo la consigna “justifique en Villa Carlos Paz la no emisión de su voto”.

Tras la elección del domingo 25 de octubre, el ombudsman Alejandro Luchessi gestionó ante la Justicia Electoral Nacional, la posibilidad de facilitar a los vecinos de la ciudad que no tengan acceso a internet o que no deseen viajar a la ciudad de Córdoba, la realización del trámite de justificación para aquellas personas que no pudieron votar.

En este sentido se acordó por primera vez la posibilidad de recibir la documentación de las personas que hasta ahora sólo podían presentar esta justificación en la ciudad de Córdoba.

Luchessi expresó que se encuentra “más que satisfecho por este nuevo servicio que se brinda a la comunidad”, y agregó que, “la documentación recibida por la Defensoría del Pueblo, será remitida al Juzgado Federal con sede en la ciudad de Córdoba, para su evaluación y consideración, y al vecino se le extenderá una constancia de iniciación del trámite”.

Aquellas personas que deban justificar la no emisión de su voto podrán presentar su documentación en la Defensoría del Pueblo, de lunes a viernes de 8.30 a 13.30, hasta el 23 de diciembre.

 

Causas y documentación

Podrán justificar la no emisión del voto quienes se encuentren comprendidos en las siguientes causas:

Causas Justificables Documentación
No tener DNI (pérdida, robo, en trámite)

 

Denuncia por pérdida o robo del DNI en la policía

Constancia de trámite de renovación del DNI

Estar a más de 500 km del lugar de votación Exposición Policial realizada el día los  comicios.

(en el lugar donde se encontraba)

Estar enfermo el día de los comicios Certificado Médico (de establecimiento sanitario público)
Estar en el extranjero el día de la elección.

 

Presentación de Pasaporte y/o Pasaje (o constancia de migración para países limítrofes)
Razones de fuerza mayor Documentación que acredite dicha situación extraordinaria
Miembros de las fuerzas de seguridad (afectados a una escuela diferente de donde votan) Constancia de afectación emitida por la fuerza de seguridad

 

Nota correspondiente a la edición n° 392 del semanario La Jornada, del 08 de noviembre de 2015.

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