A través de su resolución número 129, el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba resolvió avalar el decreto de Avilés por medio del cual el municipio dispuso el cese del contrato de concesión a la Coopi por el servicio de agua. 

EL TSJ sostiene en su fallo que la municipalidad actuó “conforme a derecho” al haber dispuesto la extinción y cese del contrato de concesión porque los plazos del acuerdo se encontraban “claramente extinguidos”. Como consecuencia, corresponde al municipio “asumir la prestación efectiva e inmediata del servicio de provisión de agua potable”.

En la resolución, se esgrimió que “la municipalización del servicio público de provisión de agua potable en la ciudad de Villa Carlos surge de los propios postulados de la Carta Orgánica Municipal, en cuanto impone a la administración la responsabilidad de garantizar la gestión efectiva de tal servicio a la comunidad, ya sea mediante el sistema de prestación directa o, bien, de forma indirecta a través de cooperativas de usuarios locales (artículos 69 y 70)”.

En la misma dirección, los vocales recalcaron que era compatible con las disposiciones y principios que rigen en materia de Derecho Público provincial y municipal “la decisión de la administración municipal de retomar la prestación del servicio a los fines de su prestación directa, una vez extinguido el contrato de concesión”. En efecto, esta última es “una de las formas de que dispone la administración a efectos de asegurar su continuidad, en tanto el servicio público no puede ser interrumpido frente a la ya declarada extinción del contrato de concesión”.

Como consecuencia, en virtud de lo resuelto, corresponde a la administración municipal “asumir la prestación efectiva e inmediata del servicio de provisión de agua potable” y, por ende, al Departamento Ejecutivo deberá “readecuar los plazos establecidos” en el decreto a los fines de concretar la reasunción del servicio.

Por otra parte, el TSJ dejó en claro que el Concejo de Representantes “podrá perfeccionar lo resuelto por el Departamento Ejecutivo Municipal o, bien, optar por otra modalidad de prestación del servicio dentro de los límites dispuestos por la Carta Orgánica municipal”.

En su voto en disidencia, el vocal Luis Rubio sostuvo que el propio ordenamiento municipal acuerda “las formalidades que deben cumplir las ordenanzas que aprobaran el modo de gestión de cualquier servicio público local”.

En ese sentido, precisó que la Carta Orgánica “preservó la decisión de definir el modo de gestión de los servicios públicos locales”, y la ubicó entre las “cuestiones que merecen ser reflexionadas con mayor deliberación y participación ciudadana” mediante el mecanismo de “doble lectura y mayorías agravadas” en el Concejo de Representantes para disponer su aprobación.

Hasta tanto ello no ocurra, no obstante haberse operado el vencimiento del plazo del contrato, el concesionario (Coopi) debe continuar prestando el servicio y este perdurará hasta tanto el concedente (municipio) adopte una decisión respecto de la gestión.

Desde la Cooperativa, en tanto, ya se adelantó que el fallo será apelado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Esta decisión del TSJ será apelada por la Coopi en todas las instancias correspondientes hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, afirma el documento firmado por el Consejo de Administración y advierte que la situación “representa una total amenaza para el futuro de la Coopi”.

“La quita del servicio de agua y después el de cloacas, representa su quiebra y su desaparición como institución. Significa quitarle el objeto social para el cual la Coopi nació hace 54 años”, afirma.

“El fallo contradice el mandato de la Carta Orgánica Municipal, que en su artículo 134, dictamina que es el Concejo de Representantes de esta ciudad el que debe resolver en este tema”, señala más adelante.

Y agrega: “Privar a la Coopi de la posibilidad de gestionar todas sus actividades con la lógica de integración de recursos, que por otro lado, se avala y permite a las empresas del capital lucrativo, significa la pérdida de 300 fuentes laborales, 300 familias que pierden su ingreso económico principal.

“Elimina 54 años de trabajo cooperativo aplicado a servicios públicos como el agua y las cloacas que tendrán su impacto en el turismo y la salud pública de la Villa y la Región.También sentencia más de cinco décadas de accionar solidario aplicado a la cultura, la educación, la salud y al operar en conjunto con la sociedad de la que la Coopi forma parte”.

Y concluye diciendo: “No hay motivos operativos, técnicos, legales, económicos o institucionales que justifiquen la quita de los servicios a la Coopi. Por el contrario, la calidad de los servicios brindados es corroborada a diario por los usuarios de los mismos e indica, con la más mínima lógica, que los contratos de concesión deberían ser renovados a la cooperativa”.

 

Las cloacas seguirán a cargo de la Coopi hasta que se resuelva el fondo de la cuestión

Otra de las resoluciones tomada por el TSJ tiene que ver con el servicio de cloacas. El Tribunal dispuso que “la Cámara Contencioso Administrativa de Primera Nominación deberá sustanciar la causa en la que la Cooperativa Integral de Provisión de Servicios Públicos, Vivienda y Consumo de Villa Carlos (Coopi) cuestiona la decisión de la Municipalidad de esa ciudad de dar por extinguido el contrato de concesión de desagües cloacales una vez vencido el plazo de concesión”.

Como consecuencia, mientras se desarrolle el proceso y hasta que recaiga una resolución sobre el fondo de la cuestión, la Coopi seguirá a cargo de dicho servicio.

Por mayoría, el Alto Cuerpo hizo lugar al recurso de apelación promovido por la Coopi y ordenó que las actuaciones bajen a la Cámara para que continúe el proceso.

De acuerdo con el TSJ, si bien la municipalidad habría procedido de acuerdo con lo previsto en el contrato de concesión, las manifestaciones invocadas por la Coopi y las constancias de la causa “permitirían concluir que podría resultar necesario analizar más profundamente dicho marco normativo”. Esto último, a la luz de lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, así como por el Acuerdo Marco para el Saneamiento Integral de la Cuenca del Lago San Roque y Recuperación de la calidad del Embalse, suscripto en 2002 por la Provincia de Córdoba, el Municipio y la Asociación Regional de Cooperativas (ARCOOP).

Los vocales argumentaron que “no se pueden perder de vista los objetivos y compromisos oportunamente asumidos por el Municipio –y confirmados por el Concejo Deliberante- con motivo del mencionado acuerdo, a los fines de valorar la legalidad o arbitrariedad de su conducta”. Esto, teniendo en cuenta que “los propios términos del referido instrumento dan cuenta de la voluntad del Estado provincial y del Municipio de entregar a las cooperativas de usuarios la concesión de las obras y el servicio de cloaca en forma directa”.

Finalmente, el Alto Cuerpo consideró que, en función del acuerdo que regula la relación y atento a la trascendencia institucional de la cuestión debatida, corresponde no avanzar en el procedimiento iniciado por la Municipalidad hasta tanto se dicte un fallo sobre la cuestión de fondo, a los fines de “analizar con mayor detenimiento los planteos sostenidos por la COOPI”.

Vale mencionar que el miércoles 6 de diciembre una comitiva municipal se hizo presente en la planta de tratamiento de líquidos cloacales con la intención de proceder a la toma provisoria del servicio, atento a que el 26 de noviembre venció el contrato. Se hicieron presentes en la planta el Asesor Letrado y secretario de Gobierno, Juan Villa, el secretario de Desarrollo Urbano Ambiental Horacio Pedrone y personal de Oficialía Mayor.

La comitiva municipal se volvió con un categórico rechazo de las autoridades y de los trabajadores que se encontraban presentes en la planta. Desde la Coopi se argumentó que el procedimiento es ilegítimo ya que no respeta lo dispuesto por la Carta Orgánica en cuanto es el Concejo de Representantes quien tiene facultades para resolver la municipalización de los servicios. Tampoco respeta el acuerdo marco que firmó en 2002 con la provincia y Arcoop por el saneamiento del lago San Roque en toda la cuenca.

Los trabajadores, en tanto, siguen en estado de asamblea permanente y movilización. “Estamos unidos en defensa no sólo del servicio de cloacas, sino de todos los servicios que brinda la cooperativa. Si la Coopi pierde un servicio, se produce un efecto dominó para el resto, con el peligro que significa perder las fuentes de trabajo de los otros servicios también”, expresó José Ipólito, secretario General del STC (Sindicato de Trabajadores de la Coopi) y secretario Gremial del SIPOS (Sindicato del Personal de Obras Sanitarias).

Y remarcó: “Seguimos en el camino de la unión y de la fuerza”.

 

Nota correspondiente a la edición n° 495 del semanario La Jornada, del 10 de diciembre de 2017.

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