El Senado aprobó la prórroga de la ley que impide los desalojos a las comunidades indígenas

Por Jorgelina Quinteros

El miércoles pasado el Senado de la nación aprobó por unanimidad con 62 votos positivos la norma que extiende por cuatro años más la ley que suspende el desalojo de los pueblos originarios de sus territorios.

El debate giró en torno al plazo que se le debería otorgar a la prórroga y estuvo atravesado por el caso de Santiago Maldonado, el joven de 25 años que desapareció durante un operativo represivo de Gendarmería en la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia Cushamen.

“No vamos a avalar la persecución y el desalojo de los pueblos originarios. Quieren crear un enemigo interno que no existe. La única violencia que existe hoy en Argentina es la violencia institucional”, manifestó Anabel Fernández Sagasti, senadora mendocina por el bloque PJ-FpV.

Ese miércoles por la mañana se realizó una marcha al Congreso Nacional reclamando por la vigencia de la ley. Asimismo, desde el 23 de septiembre se había instalado una carpa con representantes de las comunidades de pueblos originarios para exigir la prórroga.

La ley fue girada a Diputados que deberá tratarla antes del 23 de noviembre, ya que esa fecha se vence la prórroga votada hace cuatro años.

La ley 26.160 fue sancionada a fines del año 2006 con el objetivo de relevar las tierras ocupadas por las comunidades indígenas a lo largo del territorio nacional. Según un informe elaborado por Amnistía Internacional en conjunto con organizaciones y referentes indígenas, en 13 provincias el relevamiento no comenzó o está en proceso. En la mayoría de estos territorios hay recursos naturales: minerales, hidrocarburos, forestales, etc. en la mira de empresarios y terratenientes extractivistas.

La prórroga es necesaria para concluir con el relevamiento de 303 comunidades y de otras 623 que están registradas sin relevar. Si Diputados decide no otorgarla, el 60% quedará a la deriva frente a los intereses que privados y grupos económicos tengan de avanzar sobre sus territorios. “Si el Estado no nos reconoce quedaríamos absolutamente expuestos”, manifestó a VillaNos Radio Aldo Gómez, Nahuan de la comunidad Ticas Pueblo Comechingón.

La norma suspende los desalojos de las tierras ocupadas tradicionalmente por las comunidades indígenas y establece la realización del relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras. 

“Se relevaron 12 millones de hectáreas”, indicó el referente indígena. “La articulación con las provincias no siempre fue fácil. Se encontró mayor dificultad en las provincias que no adhirieron”, explicó.

 

El relevamiento y la propiedad comunitaria de la tierra

Fue sancionada como un paso previo necesario para cumplir una de las principales obligaciones que el Estado argentino ha contraído al reconocer los derechos de los pueblos originarios: la titulación de sus tierras. A medida que se desarrollaba el relevamiento, “se iba trabajando una ley que contemple la propiedad comunitaria de las tierras, ese proceso en el 2015 se corta”, advirtió Gómez.

Esta ley declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias, cuya personería jurídica esté inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismos provinciales competentes. Es decir, que hay un universo de comunidades no registradas que quedan fuera de este reconocimiento legal. Esta es la crítica más profunda que se le hace a la normativa.

“Hecha la ley, hecha la trampa. Para llevar adelante el relevamiento las comunidades tienen que estar reconocidas por el Estado, que se guarda para sí el poder de reconocerlas o no”, aseguró. Y señaló que “el Estado pueda disponer de esas tierras, cuando hay tantos intereses económicos y son tan ricas en recursos naturales, es discriminatorio”.

El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) es el organismo a cargo de relevar los territorios comunitarios. Este proceso implica la constatación del territorio y su ocupación actual, el registro de formas de organización comunitarias y de aspectos socio-productivos, la recuperación de antecedentes de tenencia de la tierra y que los resultados del relevamiento se vuelquen en un mapa. El cierre de esta instancia es la elaboración de un dictamen respaldado por la comunidad.

El relevamiento fue financiado por un Fondo Especial para la asistencia de las comunidades indígenas, que consistía en 30 millones de pesos distribuidos en los tres primeros años de vigencia de la ley y se mantuvo durante la primera prórroga. Este fondo cubría también los costos de profesionales por su asesoramiento en causas judiciales y extrajudiciales y el desarrollo de programas de regularización dominial.

En 2013, la norma fue prorrogada por segunda vez y quedó en manos del Poder Ejecutivo Nacional la asignación de las partidas necesarias para el Fondo Especial. En enero de este año el INAI reveló que había ejecutado la suma de 72.883.793,58 millones de pesos destinados a 12 provincias.

La norma fue prorrogada en dos oportunidades. La última prórroga vence el 23 de noviembre de este año. Las comunidades y organizaciones indígenas demandan que se extienda hasta el 2021. Pero, a su vez, exigen que el Estado asigne recursos para el desarrollo de los relevamientos, suspenda efectivamente los desalojos y garantice la participación de las comunidades en un marco de respeto por sus derechos y cosmovisión.

 

Avanzan los desalojos

La ley no avanza en la titulación de las tierras, pero permite identificar los territorios de las comunidades. Sin embargo, no logró frenar los desalojos y habilitó relevamientos invasivos y violentos, algunos fueron denunciados por las comunidades. Como es el caso de la comunidad del pueblo qom, Potae Napocna Navogoh (La Primavera), en Formosa, que aparece en el listado del INAI como “con Resolución”, pero ha denunciado que el procedimiento violó los derechos humanos de la comunidad.

De hecho, el mismo día que se aprobaba la prórroga en el Senado, la organización campesina indígena Mocase-VC denunció el “desalojo violento de una familia de la comunidad Sin fronteras del pueblo originario Lule Vilela, en el límite de Salta con Santiago del Estero, relevada en el 2012 en aplicación de la ley 26.160”.

“Teníamos la carpeta en mano del relevamiento y no han querido ver nada”, expresó Teresa Palma.

El desalojo fue en la casa de la familia Palma, en la finca San Miguel. “Ellos han entrado a la mañana. Eran como 30 policías y 8 peones”, aseguró.

Los Palma denunciaron que los efectivos policiales pertenecen a la comisaría de El Quebrachal y los peones trabajan para el empresario Marcos Loprestti. También, afirman que estuvo presente el juez de paz Oscar Alfredo García.

Durante el operativo, Teresa denunció que fue esposada y golpeada. “Mi hermano estaba trabajando en otro paraje y cuando volvió a la casa no lo han dejado llegar. Lo han recibido a tiros. Lo balearon”, relató. Miguel Palma fue herido en la cara por balas de goma.

Los policías se llevaron detenido a Rafael Galván, consejero de la comunidad, que ya recuperó su libertad. En el operativo, trató de detener el desalojo e impedir que destruyan la vivienda de la familia Palma.

Galván declaró que voltearon la casa de los Palma con una topadora y utilizando dos tractores del empresario Loprestti. La familia asegura que el terrateniente en los últimos años se apropió de unas 17 mil hectáreas y que los ha dejado encerrados entre alambrados.

“Ni para comer nos dejaron. La mercadería, los freezers, la heladera, nada nos ha quedado. Todo nos han robado, hasta las camas, las sillas, la ropa”, declaró Teresa Palma.

Es extensa y precisa la legislación nacional e internacional que ampara los reclamos de las comunidades indígenas y resguarda la ocupación de sus territorios ancestrales. Sin embargo, a pesar de “reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos” y su derecho a la “posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan” en el artículo 75 de la Constitución, el Estado nacional profundiza la criminalización de las luchas de los pueblos originarios y los medios hegemónicos los construyen como un enemigo interno.

La ley es, en este contexto, una herramienta más de resistencia para poner freno a desalojos injustos e ilegales y proteger a las comunidades. “Es reconocer lo que ya existe, las comunidades no se crean, están vigentes y el Estado reconoce su existencia de manera parcial”, finalizó Gómez.

Sin embargo, sólo adquiere este valor si se aplica efectivamente y se garantiza que los desalojos queden en suspenso. Hasta ahora no parece que esta sea la voluntad política del Ejecutivo Nacional. La persecución y violencia institucional que se ha profundizado desde principio de este año hacia las comunidades mapuches en el sur de nuestro país y el reciente desalojo de la familia Palma son claros ejemplos de la vulnerabilidad y la violencia a la que están expuestas las comunidades indígenas originarias en nuestro país.

 

Nota correspondiente a la edición n° 485 del semanario La Jornada, del 01 de octubre de 2017.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here