VillaNos Radio

La causa que involucra a Raúl Omar Costa y Luis Federico Bocco, exsecretarios de Ambiente, por el presunto delito de abuso de autoridad fue elevada a juicio por decisión del juez de primera instancia Esteban José Díaz Reyna. La acusación que pesa sobre los imputados se debe a la habilitación de proyectos en la localidad de San Antonio violando normas ambientales consagradas en leyes provinciales y nacionales.

Costa se desempeñó en el cargo entre 2007 y 2011, durante el primer gobierno de Juan Schiaretti, y Luis Federico Bocco lo hizo entre 2011 y 2013 durante el tercer gobierno de De la Sota. Ambos exfuncionarios están acusados de habilitar una planta transformadora de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) y dos emprendimientos inmobiliarios de la empresa GAMA SA (El Dorado II y El Dorado III) en el ejido de San Antonio de Arredondo y en una zona protegida de bosque nativo.

La denuncia fue realizada en octubre de 2012 por la ONG ADARSA (Asociación de Amigos del Río San Antonio) donde se constituyó como querellante el doctor en Ciencias Geológicas, Juan Carlos Ferrero. Es uno de los primeros antecedentes en Córdoba en que se admite la figura del querellante para defender este tipo de derechos colectivos.

La abogada patrocinante de ADARSA, Marcela Fernández recordó que denunciaron “cuando ni siquiera habían empezado la construcción de El Dorado”, que se detuvieron con el amparo presentado en febrero de 2013. “Advertimos la autorización de proyectos y obras que se consumaban en lo que entendíamos eran zonas protegidas, por eso hicimos la denuncia penal en la que aportamos los materiales, expedientes y pedidos de informe anteriores”, resumió a VillaNos Radio.

La investigación avanzó a cargo de Hugo Amayusco, fiscal anticorrupción de primera nominación de Córdoba, quien decidió elevar a juicio la causa imputando a estos dos exfuncionarios del delito de abuso de autoridad, “por autorizar estos emprendimientos en zonas de bosque protegidas y a su vez sin la audiencia pública obligatoria que tenemos en la ley nacional desde el 2002”, explicó Fernández.

Además aclaró que en la provincia las audiencias públicas deberían hacerse desde 2002, año en que se sancionó la ley nacional del Ambiente, pero recién comenzaron a implementarse con la sanción de la ley de Política Ambiental provincial en 2014.

Bocco fue imputado por haber autorizado la realización del condominio cerrado Dorado III que incluía 400 departamentos ubicados en la ladera de la montaña, en una zona de monte serrano protegida por la Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos 9814. La construcción implicaba el desmonte de bosque nativo en un terreno donde está prohibido, porque también forma parte de la Reserva Recreativa Natural Valle del Cóndor.

Por otro lado, Raúl Costa fue acusado de habilitar a la constructora GAMA SA la realización del barrio privado Dorado II, ubicado entre el kilómetro 40 de la ruta 14 y el río San Antonio. A su vez, fue imputado por autorizar en 2009 la construcción de la planta de EPEC, dictando una resolución contraria a la legislación provincial y nacional de protección ambiental. “Simplemente con un aviso de proyecto fue otorgada la licencia ambiental, sin audiencia pública ni estudio de impacto ambiental”, alertó la abogada.

El desarrollo de El Dorado II implicó el desmonte de un área natural protegida dentro de la reserva, sin la exigencia de que la empresa presente el estudio de impacto ambiental, “que llegó tardíamente, ni siquiera esperaron a tenerlo que ya lo estaban construyendo al barrio”, remarcó Fernández. Asimismo, la zona era objeto de protección de la ley de Bosques.

Los imputados se opusieron al pedido del fiscal. La semana pasado, el juez confirmó la elevación a juicio que había pedido el fiscal, manteniendo la misma imputación. “Si la causa queda firme se elevaría a la cámara del crimen que corresponda para tramitarse y, eventualmente, condenarlos por esta figura penal. El código penal prevé una pena de un mes a dos años de prisión y hasta el doble de inhabilitación (4 años) para ejercer cargos públicos, porque son delitos contra la administración pública. Es excarcelable porque la pena es inferior a tres años”, detalló.

A su vez, destacó el precedente que sienta esta causa, “porque es la primera vez luego del caso del ex intendente Germán Kammerath que en el fuero penal económico se eleva a juicio una causa con funcionarios involucrados”, sentenció. En ese sentido, consideró que también “es un llamado de atención” para los intendentes, jefes comunales y funcionarios de la secretaría de Ambiente y Cambio Climático de Córdoba que tienen la responsabilidad de dar “vía libre a este proyecto desastroso” que es la autovía de montaña.

De la medida cautelar concedida en el 2013 que paralizó las obras de El Dorado III “quedó una esperanza”, relató Fernández, que hoy se renueva ante el avance de la causa contra los que garantizaron la habilitación de estos proyectos. En el medio hubo un profundo trabajo de concientización y debate del tema, así la gente empezó a involucrarse. “La conciencia crítica lleva un tiempo de maduración, por eso ahora con lo de la autovía están apurados porque no quiere que la gente se despierte”, enfatizó y recuperó lo que fue la audiencia pública donde “no hubo nadie que defendiera la obra”.

La movilización de la comunidad de San Antonio fue clave para impedir que este emprendimiento inmobiliario arrase el monte y se mantiene su rol protagónico en esta instancia. “Es la base que la comunidad tome participación, porque cuando los fiscales y jueces ven ese respaldo de la comunidad es más difícil que respondan a determinadas presiones. Creo ese grado de conciencia se logró. Por eso, esto se defiende como se defendió el año pasado la ley de bosques y como se va a defender ahora el tema de la autovía, que es lo próximo que tenemos en Punilla”, concluyó.

 

Nota correspondiente a la edición n° 512 del semanario La Jornada, del 30 de abril de 2018.

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