Carlos Paz Gas: TSJ avaló al municipio para expropiar y la Coopi irá a la Corte Suprema

carlos-paz-gas-sedeEl Tribunal Superior de Justicia (TSJ) avaló la constitucionalidad de la decisión del municipio de expropiar las acciones de la Coopi en Carlos Paz Gas (CPG).

La novedad se conoció la semana pasada y, de inmediato, desde el municipio adelantaron que avanzarán en las cuestiones operativas para poder concretar la expropiación, en tanto desde la Coopi confirmaron que irán a la Corte Suprema de Justicia de la nación.

 

Historia

En setiembre de 2012 el Concejo de Representantes, a instancias del intendente Esteban Avilés, aprobó una polémica ordenanza declarando “de utilidad pública y sujeto a expropiación el 48,5%” de las acciones de la Coopi en CPG.

La entidad cooperativista llevó el tema a la justicia, presentó un amparo y pidió que la ordenanza sea declarada inconstitucional.

El 25 de febrero de 2013, la jueza de Primera Instancia y 2° Nominación en lo Civil y Comercial, Viviana Rodríguez, resolvió “admitir parcialmente la acción de amparo… y declarar la invalidez de los artículos, 2,3,4,5,6, 7 y 8 de la Ordenanza Nº 5599… declarando su invalidez por inconstitucional”.

Es decir, para la jueza la declaración de ‘utilidad pública y sujetas a expropiación’ de las acciones de la Coopi en Carlos Paz Gas establecida en el artículo 1º era válida, toda vez que el acto administrativo del Estado “se presume legítimo”. En tanto, censuró el proceso que se puso en marcha posteriormente, calificando al accionar del municipio como “ilegal y arbitrario”, y anuló los artículos que operativizaban la expropiación. Entre ellos, los relativos a la indemnización, la conformación del directorio, la modificación del estatuto y el llamado a asamblea.

Ante esto, la Coopi recurrió la decisión respecto al artículo 1º primero ante la Cámara de Apelaciones y luego ante el Tribunal Superior de Justicia. El argumento principal era que se trataba de una “confiscación” ya que, “es evidente la arbitrariedad del gobierno municipal que esconde, tras la expropiación, una clara intención sancionatoria hacia la Cooperativa, que carece de fundamento alguno”.

Sin embargo, en ambos casos la justicia falló a favor del municipio.

 

“Vamos a llevar adelante las partes operativas”

La noticia acerca del fallo del TSJ se difundió el domingo pasado, desde el área de Prensa del municipio.

En la gacetilla oficial se destacó que el Tribunal consideró que “son atribuciones del intendente el intentar esta expropiación” y que no se advirtió “que haya incurrido en un exceso o abuso de autoridad”.

El Asesor Letrado y secretario de Gobierno, Juan Villa, adelantó que, aún si la Coopi resolviera llevar su reclamo ante la Corte Suprema, “eso no frena el proceso y por lo tanto vamos a llevar adelante las partes operativas de la expropiación”.

En este sentido, precisó que pedirán al Consejo de Tasaciones de la provincia “que establezca el monto de las acciones expropiadas”, para luego “depositar ese monto, notificar a la sociedad y anotar esa situación en Inspección de Sociedades Jurídicas”.

“Hay una serie de pasos administrativos para ejecutar la expropiación”, aclaró y, en cuanto a la participación del Concejo de Representantes, aseguró que quizá sea necesaria “más adelante cuando haya que modificar el estatuto societario”.

“Algunos pasitos en el medio tiene que haber. Pero el Concejo tuvo intervención en cuanto a la declaración de interés público y sujeto a expropiación de ese paquete accionario. Lo que hay que hacer ahora es completar el trámite administrativo, que es el de la previa indemnización”, insistió.

 

A la Corte Suprema

Para el subgerente General de la Coopi, Rodolfo Frizza, la postura del municipio respecto al gas natural se inscribe dentro del “plan de destrucción de la Coopi” que lleva adelante el intendente Esteban Avilés, y que tiene su correlato en el intento de municipalizar el agua, “no haber autorizado la televisión por cable, provocar retraso en las tarifas e impedirle participar de las licitaciones de obras”.

“Entendemos que hay un intento de usurpación del capital cooperativo”, dijo Frizza, y recordó que la justicia declaró inconstitucional toda la parte operativa de la ordenanza de expropiación, y que hay un imputado por cumplir con esa normativa (el presidente de Carlos Paz Gas, Roberto Rizzi).

Sobre el fallo del TSJ consideró que, “era esperable”, en el sentido que, “el Estado puede expropiar si hay utilidad pública”.

“Pero acá en Carlos Paz todos sabemos que no hay ninguna utilidad pública para sacarle las acciones a la Coopi, es simplemente una acción más que Avilés lleva adelante para destruir la Cooperativa, en un proyecto que viene sosteniendo desde que asumió como concejal”, advirtió.

Por eso, y si bien reconoció que la justicia, “le ha dejado la vía para que en el futuro pueda expropiar”, confirmó que la Coopi presentará “un recurso de aclaratoria al TSJ porque entendemos que si el intendente quiere seguir con esto de usurparle las acciones a la Coopi tiene que dictar una nueva ordenanza con audiencia pública y doble lectura, que es lo que quiso evitar con el agua y por eso hizo un decreto”, y después, “como siempre hicimos reserva de los derechos federales porque se trata de una cuestión patrimonial, vamos a apelar directamente si lo permite el Tribunal y si no en queja ante la Corte Suprema”.

“Por lo tanto todavía es un tema para seguir discutiendo”, concluyó.

 

Un nuevo intento de destrucción de la Coopi, la economía solidaria y sus fuentes de trabajo

La Cooperativa Integral comunica a sus asociados y vecinos en general que ha sido notificada del fallo que avala la posibilidad de que el municipio pueda expropiar, en el futuro, las acciones que posee en Carlos Paz Gas S. A.

En referencia a ello, los Dres. Julio y Carolina Altamira Gigena, patrocinantes de la Cooperativa en esta causa, han explicado que el fallo contiene un importante aspecto favorable a la COOPI, ya que ha dejado firme, la inconstitucionalidad del proceder de la Municipalidad al pretender usurpar ilegalmente el patrimonio de la Cooperativa. Esto es así porque finalmente están anulados los art. 2 al 8 de la ordenanza 5990 de usurpación inconstitucional, según el fallo de primera instancia, la que ha perdido su validez.

Tan grave fue el accionar derivado de esa ordenanza, descalificada por la justicia, que se encuentra imputado el presidente de Carlos Paz Gas S. A. Sr. Roberto Rizzi, por dar cumplimiento a la misma y obrar según las indicaciones, contrarias al derecho, del intendente Esteban Avilés. Rizzi ya ha sido indagado por la fiscalía actuante y desde la querella de la Coopi se seguirán todas las acciones correspondientes para que se llegue a la sentencia por los delitos que, precisamente, quedarían probados por el fallo.

Si la municipalidad insiste en el propósito de expropiar, que nada tiene que ver con la utilidad pública, sino con el proyecto del intendente Avilés de destruir a la COOPI, se deberá dictar una nueva ordenanza, con el proceso de primera lectura, audiencia pública y segunda lectura.

Este mismo proceso democrático fue el que ignoró Avilés con su decisión autoritaria, irrazonable e irresponsable de la municipalización del agua, que se encuentra en revisión judicial en la Cámara Contencioso Administrativa con el patrocinio letrado del Dr. Miguel Rodríguez Villafañe.

El fallo le impone a la municipalidad respetar lo que no respetó en su momento respecto del procedimiento de expropiación, para no volver a caer en un nuevo acto de abuso de autoridad. Debe, si decide expropiar y seguir con su plan de destrucción de la Coopi, proceder a la determinación del valor de las acciones ante el tribunal de tasaciones de la provincia y pagar, con los dineros de los vecinos carlospacenses, la indemnización correspondiente al patrimonio que le pretende quitar a la Cooperativa y por tanto a todos sus asociados sean o no de Carlos Paz.

Ni el Intendente ni su asesor letrado son quienes pueden decir cuánto valen las acciones de la Coopi. Es el órgano del superior gobierno de la provincia el que debe determinarlo, por tanto nada más improcedentes y reiteradamente autoritarias, las expresiones del Dr. Juan Vila cuando pretende hablar de un valor mínimo. Esto es sólo una expresión demagógica que surge o de su ignorancia en el tema, o de la intención de evitar ante la opinión pública el costo que tendrá para el municipio el costo de la indemnización que deberán pagar a la Coopi por otra de sus acciones irracionales, sin sentido, y que en nada beneficiarán a la comunidad.

Por otra parte los letrados de la Cooperativa han manifestado que las acciones a seguir serán pedir una aclaratoria al Tribunal Superior respecto del fallo y continuar con el recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por estar en juego el despojo de parte del patrimonio de una institución de capital público (de todos los asociados) como es el de la COOPI.

Este fallo que sólo avala una posibilidad que tendría el intendente si realmente existiera una razón de utilidad pública, pero que en este caso está disfrazada de falsedades como todo lo que afirma acerca de la COOPI,  deja abierto el camino a la Cooperativa a obrar en todo lo que la ley 19550, que se refiere a los derechos que tienen los socios en las sociedades que integran, le permite reclamar para defender su capital, que no es propio sino de todos los asociados, tanto de Carlos Paz como de otros lugares del Valle de Punilla y de la Provincia.

Asimismo para seguir evitando que el intendente concrete abusos y arbitrariedades que afecten a la futura prestación del servicio de gas, la COOPI se atendrá, en su accionar futuro, a todo lo que dispone la ley 24076 de regulación del servicio de gas domiciliario.

Se aclara que el fallo en nada afecta la condición de la Coopi como gerenciadora del servicio. Desde este rol la Cooperativa seguirá luchando para que el gas llegue a todos a pesar de las trabas que ha puesto permanentemente tanto la administración municipal como la distribuidora Centro – Ecogas que defiende intereses muy contrarios a los de los vecinos que aún no tienen este servicio.

Finalmente tampoco afecta el fallo a la Coopi como constructora de la obra de gas y autora y propietaria de todos los proyectos de constructivos para los 19 barrios de Villa Carlos Paz, como así tampoco a su asociada en estos proyectos, la Cooperativa de trabajo El Panal.

Sin embargo, una vez más si el Intendente en su obcecada intención de destruir la economía solidaria en Carlos Paz, insiste en su proyecto de expropiación, sin razón valedera alguna de utilidad pública, pondrá en riesgo más de 30 fuentes de trabajo que directa o indirectamente están en relacionadas tanto a la construcción de obras como del servicio de gerenciamiento.

 

Nota correspondiente a la edición n° 435 del semanario La Jornada, del 25 de setiembre de 2016.

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