Vacunas al día para renovar DNI, pasaporte y registro de conducir

Para la renovación de esa documentación habrá que presentar el Carnet Único de Vacunación, ampliando el alcance para los adultos.

La Cámara de Senadores, el pasado miércoles, aprobó una ley que establece la obligatoriedad y gratuidad de las vacunas para enfermedades prevenibles, que alcanza a todos los habitantes del país.

El proyecto, impulsado por el diputado tucumano Pablo Yendlin, modificará la ley vigente 22.099, de 1983.

Actualmente, la obligatoriedad de vacunación regía para niños y, con este nuevo proyecto, se extendería también a adultos.

Será el Ejecutivo quien, a través de la Secretaría de Salud de la Nación, deberá reglamentar en un término de 120 días la letra chica de la norma para su aplicación concreta. Después se prevén seis meses de difusión intensiva para que la población esté enterada y vaya controlando el carnet y las vacunas.

Con esto, será obligatorio aplicarse las vacunas, tanto en niños como en adultos y para realizar la renovación del DNI, pasaporte o licencia de conducir.

Con este proyecto también se creará un nuevo documento: el Carnet Único de Vacunación (CUV). Éste será otorgado por los organismos habilitados para aplicar vacunas, como hospitales (públicos y privados) y farmacias. Será exigido para esos trámites y para gestionar las asignaciones familiares y exámenes preocupacionales.

La norma, además, establece la creación de un nuevo registro Nacional de la Población Vacunada Digital, donde se tenga constancia de todas las vacunas que se hayan aplicado.

Cba24n

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