La concejala Laura Orce (UPC) presentó un proyecto de ordenanza a través del cual pretende que el municipio expropie los terrenos necesarios para realizar las veredas que faltan en la avenida Cárcano desde Brasil hasta el fin del ejido de Villa Carlos Paz.

La iniciativa pretende resolver “la constante dificultad y riesgo del tránsito peatonal y vehicular a lo largo de toda la avenida Cárcano como consecuencia no sólo del alto flujo vehicular sino además la falta de veredas en algunos tramos, por donde puedan transitar los peatones, configurando una zona altamente peligrosa provocando en ocasiones accidentes de tránsito en donde se ha visto afectada seriamente la vida de nuestros vecinos”.

Por eso, pretende declarar “de utilidad pública y sujeta a expropiación una franja de terreno de 2,50 metros de ancho, medidos desde la línea municipal hacia el interior de  los lotes frentistas a la avenida Cárcano (…) con destino a veredas para tránsito peatonal”.

A los fines de avanzar con las expropiaciones, en la iniciativa se plantea solicitar “de manera inmediata” la intervención del Concejo de Tasaciones de la Provincia de Córdoba “a los efectos de determinar montos expropiatorios, efectuar la consignación de los mismos y proceder posteriormente a la toma de posesión de las fracciones necesarias para la ejecución de las veredas”.

En los fundamentos, Orce hizo mención a las “innumerables peticiones presentadas por nuestros ciudadanos, vecinos autoconvocados (http://vecinoscarcano.blogspot.com.ar/2008), organizaciones no gubernamentales y de todos y cada uno de los centros vecinales, representantes  de los distintos barrios del sector, solicitando se le dé un tratamiento definitivo a la problemática descripta”.

El proyecto tomará estado legislativo en la sesión de este jueves.

 

El proyecto

VISTO:

La constante dificultad y riesgo del tránsito peatonal y vehicular a lo largo de toda la Avenida Cárcano como consecuencia no sólo del alto flujo vehicular sino además la falta de veredas en algunos tramos, por donde puedan transitar los peatones, configurando una zona altamente peligrosa
provocando en ocasiones accidentes de tránsito en donde se ha visto afectada seriamente la vida de nuestros vecinos;

Y CONSIDERANDO:

Que ante la inexistencia de un espacio adecuado para el tránsito peatonal sobre tramos de la Avenida Cárcano que cumplimenten con las condiciones de seguridad, accesibilidad y transitabilidad necesarias sobre una arteria en donde el flujo vehicular es de enorme intensidad y de manera constante, en virtud de conectar además distintas localidades y ciudades, resulta imprescindible abordar esta problemática en busca de una solución definitiva;

Queactualmente los cientos de vecinos de la zona sur que circulan por la avenida yque lo hacen a pie, niños, adolescentes, adultos, ancianos, mujeres embarazadas, personas con discapacidades, personas que trasladan a niños en coche y demás, están obligados a hacerlo cotidianamente sobre la calzada, ya que en diferentes tramos de la misma, nos encontramos con la ausencia de veredas, constituyendo en consecuencia un factor de altísimo riesgo, agravado ante la presencia de establecimientos educacionales como así tambiénel aumento poblacional que experimenta nuestra ciudad durante el receso invernal y estival;

Quehay innumerables peticiones presentadas por nuestros ciudadanos, vecinos autoconvocados(http://vecinoscarcano.blogspot.com.ar/2008/), Organizaciones no gubernamentales y de todos y cada uno de los centros vecinales, representantes  de los distintos barrios del sector, solicitando se le dé un tratamiento definitivo ala problemática descripta;

Quecon fecha de 24 de Octubre del año 2017 se presenta un Proyecto de Resolución, el cual fue aprobado por este Concejo de Representante de manera unánime con fecha de 21 de Diciembre del mismo año, cuyo articulado establece la realización por parte del Departamento Ejecutivo Municipal de un relevamiento sobre la Avenida Cárcano, extremo comprendido entre calle Brasil hasta la finalización del ejido municipal y a los efectos de determinar en qué lugares no se cuenta con los espacios públicos para ser destinados como veredas;

Que además de un adecuado y actualizado relevamiento se solicitó que en caso de verificar ocupaciones irregulares por parte de los frentistas sobre los espacios públicos ubicados en el sector supra mencionado, el correspondiente emplazamiento a los efectos de su pronta regularización y su consecuente retiro, como así también la posterior puesta en condiciones de las veredas, en referencia a los demás frentistas cuyos terrenos no se encuentren contemplados en dicha situación, sujetos a expropiación, tras la declaración de utilidad pública del sector;

Queante la falta de tramos sobre Avenida Cárcanode terrenos de dominio público que pudieran utilizarse para veredas es que resulta imperativo dar solución y lo es mediante la utilización del instituto legal de la Expropiación instrumento legal que le permite al estado intervenir de manera inmediata brindando a nuestros vecinos de esta ciudad de Villa Carlos Paz solución definitiva a esta problemática de larga data, dando respuesta a nuestros ciudadanos, garantizando así su seguridad vial y mejora cualitativa en su calidad de vida;

Quees obligación del Estado Municipal bregar por la vida, la salud y la seguridadde nuestros ciudadanos. Es responsabilidad del municipio a través de sus autoridades municipales, planificar, construir, mantener, implementar, todas las medidas necesarias a los fines de garantizar, en este caso, no sólo un eficaz desplazamiento vehicular sino que principalmente garantizar la seguridad peatonal, en el ámbito del ejido urbano;

Por las razones antes expuestas la Concejal María Laura Orce y los demás concejales abajo firmantes proponen la aprobación del siguiente proyecto de ordenanza.

Concejo de Representantes del Municipio de Villa Carlos Paz

Sanciona con fuerza de

ORDENANZA

 

Artículo 1º: DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION una franja de terreno de dos metros con cincuenta centímetros (2,50m) de ancho, medidos desde la líneaMunicipalhacia el interior de  los lotesfrentistas a la Avenida Cárcano, en el tramo de comprendido entre calle Brasil hasta la finalización del ejido municipal de Villa Carlos Paz, con destino a veredas para tránsito peatonal.

Artículo 2º: Las fracciones de terreno de dominio privado sujetas a expropiación ubicadas dentro de la franja declarada de utilidad pública tienen como único destino la creación y/o adecuación de veredas aptas para tránsito peatonal; debiendo de ambos lados de la calzada contar converedasque cumplimenten concondiciones de seguridad, accesibilidad y  transitabilidad.

Artículo 3º: A los fines de determinar las parcelas de dominio privado afectadas por la presente ordenanza y objeto de mensura, el Departamento Ejecutivo Municipal aplicael relevamiento actualizado y resultante de la Resolución Nº 159/2017, a fin de determinar las parcelas a expropiar.

Artículo 4º:La continuidadde la vereda sobre ambos lados de la calzada en el tramo comprendido en la extensión de la Avenida Cárcano declarada de utilidad pública, en las condiciones establecidas en el artículo 2º de la presente ordenanza, se garantiza mediante la afectación de las parcelas a expropiar conjuntamente con el procedimiento de regularización de aquellas parcelas que invaden el espacio público destinado a veredas.

Artículo 5º: Las medidasdefinitivas de superficie, lineales y angulares, de las fracciones sujetas a expropiar serán determinadas en definitiva en los Planos de Mensura a cargo y costo del Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 6º: A los fines de cumplimentar con el objeto de la presente ordenanza el Departamento Ejecutivo Municipal de manera inmediata solicitará la intervención del Concejo de Tasaciones de la Provincia de Córdoba a los efectos de determinar montos expropiatorios, efectuar la consignación de los mismos y proceder posteriormente a la toma de posesión de las fracciones necesarias para la ejecución de las veredas.

Artículo 7º: Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente ordenanza serán atendidos con los fondos de la partida 32.01.100.2.24.412 (Expropiaciones) del Presupuesto General de Gastos vigente, o la que en el futuro la sustituya.

Artículo 8º: De Forma.

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