El concejal Gustavo Molina (Frente Cívico), presentó un proyecto que persigue como objetivo “declarar en todo el territorio del Municipio de Villa Carlos Paz, la Emergencia Ambiental y Sanitaria por los humos emanados por la quema del basural a cielo abierto de nuestra ciudad, hasta la puesta en marcha del futuro Centro Ambiental (GIRSU)”.

El Estado Municipal dotará de personal y recursos para realizar un abordaje sanitario de forma gradual a los vecinos más próximos al basural, hacia el resto de la población. El enfoque está puesto en la prevención y la asistencia médica inmediata. El Municipio entregará barbijos y demás elementos que consideren los profesionales de la salud de ser necesarios para la prevención”, se lee en el artículo 2 del proyecto. Asimismo, la iniciativa plantea que, de confirmarse anomalías en la salud de las personas por el efecto de los humos provenientes del basural de Villa Carlos Paz, el Estado Municipal garantiza de modo gratuito, el tratamiento médico necesario con el seguimiento evolutivo correspondiente”.

Por otro lado establece que, “todos los trabajadores que estén en contacto con el basural, deberán realizarse estudios médicos correspondientes a los efectos de garantizar las óptimas condiciones de salud para realizar dicha tarea”.

El proyecto tomará estado legislativo en la sesión especial que tendrá lugar este viernes, y se espera que al menos sea debatido sobre tablas, teniendo en cuenta la urgencia de la situación.

En los fundamentos, Molina subrayó que, “la incesante emanación de humos del basural a cielo abierto, que provocan perjuicio en la calidad de vida de los vecinos de los barrios de nuestra ciudad localizados en radio inmediato al predio y de poblaciones contiguas fuera de nuestro ejido jurisdiccional”.

Menciona además, que en el marco de la Emergencia Ambiental declarada en marzo del año pasado, el departamento ejecutivo no dio ninguna respuesta sobre el pedido de que se “arbitren los medios necesarios ante universidades y organismos competentes, para recabar datos certeros mediante análisis científicos, que determinen cuales son los efectos a la salud de la población, ante la quema del basural”.

El edil recordó, además, que en febrero de 2017 habían presentado un proyecto de resolución pidiendo que se informe sobre el plan de contingencia para el control de incendios en el basural, y que “nunca fue tratado” en la comisión de Desarrollo Urbano Ambiental, pese al pedido formal de los autores.

Otro proyecto sobre el tema fue ingresado el 18 de enero pasado, reclamando que en forma urgente se recaben datos “que determinen cuáles son los efectos a la salud de la población ante la quema del basural”. Tampoco fue tratado.

Estos antecedentes, “demuestran la imposibilidad de poder dar una respuesta por parte del departamento ejecutivo, y ante la incertidumbre que se tiene sobre las consecuencias que pueden aportar a la salud de la población, es necesario tomar otro tipo de acciones inmediatas”, argumentó Molina.

Cabe recordar que ante esta problemática, Vecinos Autoconvocados de la zona Autopista Córdoba-Carlos Paz, protestarán por la problemática este sábado a las 19 frente al reloj Cu-Cú.

Las consignas son: basta de humo (apaguen el basural), remediación responsable del actual basural a cielo abierto, y separación en origen ya.

Desde el municipio, en tanto, reconocieron que las columnas de humo que desprenden los sucesivos incendios “son altamente perjudiciales y molestas”, aunque confiaron en que la solución definitiva estará habilitada en 120 días, cuando finalice la construcción del Centro Ambiental. Mientras tanto, refuerzan con maquinaria pesada el equipamiento para combatir los incendios. “Calculamos que en los próximos días este tema lo vamos a resolver”, dijo el secretario de Desarrollo Urbano Ambiental, Horacio Pedrone.

 

El proyecto

Visto, La problemática de los continuos incendios del basural a Cielo abierto de nuestra localidad.

Y Considerando

Quela incesante emanación de humos del basural a cielo abierto, que provocanperjuicio en la calidad de vida de los vecinos de los barrios de nuestra ciudad localizados en radio inmediato alpredio y depoblaciones contiguas fuera de nuestro ejido jurisdiccional.

Que ante el pedido de Resolución 0036/2017 del 30 de marzo de 2017 declarando “Emergencia Ambiental en la Ciudad de Villa Carlos Paz ante los incendios del basural y la problemática de contaminación del lago San Roque y sus afluentes”, en el artículo 3° de esta Resolución aprobada por el Concejo de Representantes, Solicita “al D.E.M. que en forma urgente arbitre los medios necesarios ante universidades y organismos competentes, para recabar datos certeros mediante análisis científicos, que determinen cuales son los efectos a la salud de la población, ante la quema del basural….”, Solicitud que hasta el día de presentación de este proyecto no tenemos ninguna respuesta o conocimiento de alguna acción realizada en relación a este pedido en particular.

Que el día 2 de febrero de 2017 se presentó un proyecto de Resolución Pto.022/17 donde de solicita al D.E.M. informe el plan de contingencia para el control de incendios que se provocan en el predio del Basural Municipal, pero el proyecto nunca fue tratado en comisión de Desarrollo Urbano Ambiental, pese a la solicitud por memorándum de pedido de tratamiento a la presidencia de esa comisión y violando lo dispuesto en el artículo 131 de la C.O.M donde establece que Los Proyectos de ordenanza que ingresen al Concejo de Representantes deben ser aprobados o rechazados en el término de cuarenta y cinco días hábiles administrativos cuando provengan del departamento ejecutivo ,del propio cuerpo o del tribunal de cuentas…”

Que en la sesión del día 18 de enero del corriente ingreso un proyecto de resolución  Nº 015/2018 Reiterando al D.E.M que ante la solicitud establecida en el artículo Nº3 de la Resolución Nº 036/2017: En forma urgente arbitre los medios necesarios correspondientes, para recabar datos que determinen cuáles son los efectos a la salud de la población ante la quema del basural.

Que en este concejo ingresaron notas por correspondencia de vecinos afectados reclamando soluciones sobre la problemática de la emanación de humos del basural.

Que ante esta falta de respuesta de lainformación administrativa requerida que demuestra la imposibilidad de poder dar una respuesta por parte del D.E.M, y ante  la incertidumbre que se tiene sobre las consecuencias que pueden aportar a la salud de la población, es necesario tomar otro tipo de acciones inmediatas. El presente proyecto de ordenanza  propone declararLa emergencia ambiental y sanitaria en el territorio de la ciudad de Villa Carlos Paz, con el objeto de dotar de personal y recursos municipales para realizar un trabajo de campo de forma gradualdesde los habitantes más próximos al basural, al resto de la población,enfocado en la  prevención y asistencia médica inmediata, mediante análisis médicos correspondientes como así también a los trabajadores que estén en contacto con este establecimiento, certificando con la firma de un profesional de la salud, que las personas no tengan ningún tipo de consecuencia por el contacto de los humos emanados por el basural, de lo contrario otorgar un tratamiento médico con el seguimiento evolutivo correspondiente. Esta declaración de emergencia ambiental y sanitaria posibilitará dar prioridad en los recursos para otorgar la medicación, descartables, barbijos o demás elementos que consideren los profesionales de la salud de ser necesarios para la prevención.

Que la declaración de Emergencia Ambiental será comunicada a los organismos estatales provinciales y nacionales para solicitar una ayuda inmediata que posibilite elaborar un plan de contingencia para dar una solución definitiva a los incendios del basuraly la remediación ambiental del sector del basural a cielo abierto una vez finalizada la obra del nuevo centro ambiental.   

 

Por lo expuesto los Concejales abajo firmantes proponen la Aprobación del siguiente Proyecto de Ordenanza:

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

 

Artículo 1°:Declarar en todo el territorio del Municipio de Villa Carlo Paz, la Emergencia Ambiental y Sanitaria por los humos emanados por la quema del basural a cielo abierto de nuestra ciudad, hasta la puesta en marcha del futuro Centro Ambiental (GIRSU).

Artículo2º: El Estado Municipal dotará de personal y recursos para realizar un abordaje sanitario de forma gradual a los vecinos más próximos al basural, hacia el resto de la población. El enfoque está puesto en la prevención y la asistencia médica inmediata. El Municipio entregará barbijos y demás elementos que consideren los profesionales de la salud de ser necesarios para la prevención.

Artículo3º: Conforme el artículo 2º de la presente ordenanza, de confirmarse anomalías en la salud de las personas por el efecto de los humos provenientes del basural de Villa Carlos Paz.El Estado Municipal garantiza de modo gratuito, el tratamiento médico necesario con el seguimiento evolutivo correspondiente.

Artículo4º: Todos los trabajadores que estén en contacto con el basural, deberán realizarse estudios médicos correspondientes a los efectos de garantizar las óptimas condiciones de salud para realizar dicha tarea.

Artículo 5°:ElDepartamento Ejecutivo Municipal, comunicaal Ministerio de Ambiente  de la provincia de Córdoba, y al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la nación,el estado de Emergencia Ambiental en la ciudad de Villa Carlos Paz.

Artículo 6º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a solicitar la ayuda necesaria de los organismos provinciales y nacionales de injerencia ambiental, a los efectos de dar una solución definitiva al problema de los incendios en el basural de nuestra ciudad.

Artículo 7°:El Departamento Ejecutivo Municipaldeberá comunicar a la población a través de todos los medios que dispone, de la presente Declaración de Emergencia Ambiental y Sanitaria, como así también de las tareas que se están llevando a cabo en torno de la remediación de los efectos de los humos que produce el basural a cielo abierto de nuestra ciudad.

Artículo 8º: De Forma.

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