Un fallo judicial estableció que las empresas deben presentar la nómina de empleados y asegurar sus condiciones de trabajo.
El juez Andrés Gallardo dispuso la suspensión de las actividades de delivery vinculadas a las empresas Rappi, Pedidos Ya y Glovo en la Ciudad de Buenos Aires.
La medida responde a incumplimiento de la Ley 5526 en relación a los requisitos de tránsito y transporte.
En el período de feria el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°2 aplicó el fallo de la Cámara de Apelaciones a partir de la presentación de un amaparo colectivo de la Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios (ASIMM).
Gallardo indicó que otorgará una habilitación provisional si las empresas presentan la nómina de empleados que trabajen durante el fin de semana bajo el registro ajustado a normas laborales y previsionales.
Las plataformas de delivery también deberán acreditar que le entregaron a los conductores cascos e indumentaria con bandas reflectivas regalmentarias, caja portaobjetos reglamentaria con sistema de ajuste al vehículo, comprobante de póliza de seguros personales y de riesgos del trabajo vigentes y copia de las libretas sanitarias.
Además el magistrado instruyó a las fuerzas de seguridad para que realicen operativos en la vía pública a fin de identificar a ciclistas y motociclistas que trabajen en el trasporte de mercadería para verificar si lo hacen bajo las condiciones de seguridad necesarias. En caso contrario los uniformados deberán decomisar la caja portaobjetos y su contenido.
Las sanciones para las empresas por cada irregularidad que se registre consistirá en una multa de diez mil pesos a través del embargo de cuentas bancarias.
Cba24n