Impulsan proyecto para que el Concejo declare su repudio y rechazo al fallo de la Corte que habilita el 2×1 a genocidas

La edila Laura Orce (Unión por Córdoba) presentó este martes un proyecto para que el Concejo de Representantes declare “su más enérgico y profundo repudio, rechazo, como así también la absoluta Preocupación, en referencia  al fallo judicial emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo órgano judicial de Nuestra República Argentina, de fecha 3 de mayo de 2017, el cuál declara aplicable la Ley N° 24.390, (comúnmente conocida por el 2×1), actualmente derogada, la cual reduce el computo de condena, sentando en consecuencia el precedente que permitiría que aquellos imputados y condenados por delitos cometidos contra la humanidad queden en libertad, y su condena sea mucho menor que la que correspondería”.

La iniciativa surgió “en base a los hechos de público conocimiento con respecto al Fallo de la Suprema Corte de Justicia” con la intención de afirmar “una vez más, la importancia de la kucha de todos los organismos de DDHH”, explicó Orce.

El proyecto tomará estado legislativo  en la sesión de este jueves.

 

El proyecto

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ

DECLARA

Su más enérgico y profundo REPUDIO, RECHAZO, como así también la absoluta Preocupación, en referencia  al fallo judicial emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo órgano judicial de Nuestra República Argentina, de fecha 3 de mayo de 2017, el cuál declara aplicable la Ley N° 24.390, (comúnmente conocida por el 2×1), actualmente derogada, la cual reduce el computo de condena, sentando en consecuencia el precedente que permitiría que aquellos imputados y condenados por delitos cometidos contra la humanidad queden en libertad, y su condena sea mucho menor que la que correspondería.

FUNDAMENTOS

Que el fallo judicial al cual se hace referencia y se repudia enérgicamente fue aprobado por mayoría con los votos de tres de sus integrantes, los Dres. Elena Highton de Molasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, en la causa en la que Luis Muiña fue juzgado y condenado, ya que el mismo integro durante la dictadura el “Grupo de Tareas” conocido como “Swat”, el cual opero dentro del Hospital Posadas de Haedo, este grupo instaló su base y centro clandestino de detención en un chalet del interior del nosocomio; Fue condenado a 13 años de prisión por delitos de lesa humanidad, secuestro, privación ilegítima de la libertad, aplicación de tormentos, y las victimas del hecho por el cual se lo encontró culpable fueron, Gladys Evarista Cuervo, Jacobo Chester, Jorge Mario Roitman, Jacqueline Romano y Marta Elena Graif;

Que hasta el día de hoy era absolutamente indiscutida la naturaleza de los crímenes perpetrados contra la humanidad, en consecuencia su proporcionalidad en la condena y por consiguiente la reparación del daño, como así también  impensado cualquier tipo de amnistía, indulto, ni prescripción para los autores de tales delitos, menos aún imaginar aplicar forzadamente una ley derogada y que no se encontraba vigente durante la comisión del hecho, ni durante el juzgamiento de esos delitos.

Que este fallo no hace otra cosa reabrir  profundas heridas que tiene nuestra sociedad y que si bien es cierto que el mismo aparece en principio como legal tienen todos los vicios de ilegitimidad, de manera tal que la corte lejos de dar una solución a lo q significa la violación de los derechos humanos le escapo a la posibilidad de haber fundado su voto sobre lo que significan los principios no de la ley escrita por los hombres  sea nacional o internacional sino aquello que todos los seres humanos hemos abrazado como el origen de la humanidad que significan los derechos  que tienen que ver con el derecho natural a la vida, lo cual no tuvieron en cuenta, ni presente, estos jueces a la hora de dictaminar de la manera que lo hicieron;

Que la aparente legalidad, estaría dada por ser una resolución que emana de la autoridad máxima del Poder Judicial de la República Argentina y que si bien es cierto que no admitiría revisión al menos que exista una cuarta instancia judicial, que sería la internacional que resuelva en contra de este fallo, al dirimir y resolver sobre la cuestión planteada estas tres personas no lo hicieron pensando en las víctimas, en la reparación del daño ocasionado, en la verdad, en la memoria, en la justicia, en el corazón, en el sentimiento de miles y miles de argentinos que fueron secuestrados, torturados, ejecutados, apropiados, desparecidos, detenidos en calidad de presos políticos sometidos a años de tormento, exiliados, argentinos que quedaron sepultados corporalmente, moralmente, psicológicamente, emocionalmente, bajo el autoritarismo  de aquellos sátrapas pertenecientes a la época del terrorismo de Estado, que creyeron que el Estado podía ser utilizado impunemente como herramienta de represión contra los ciudadanos de Nuestra Nación Argentina.

Que del mismo estado sale ahora la solución mágica de dejar en libertad a muchos genocidas, imputados y condenados por aberrantes crímenes que han cometido contra los argentinos, que seguramente no lo tuvieron presente; Pero no tuvieron ni siquiera presente en su voluntad ni en su inteligencia de pensar que existe un derecho natural a la vida que hay que defender siempre por más que una norma jurídica sea legal, pero que no tiene legitimidad ya que la misma no tiene anclaje en los derechos fundamentales a la vida, a la libertad, a la identidad, derechos básicos y libertades fundamentales que son inherentes a todo ser humano, nacidos libres, con igualdad de derechos y dignidad lo que se denominan con los derechos naturales.

Que probablemente los magistrados que votaron a favor de la aplicabilidad de la ley más benigna para el caso de delitos de lesa humanidad, de los cuales dos

 

de ellos fueron nombrados por Decreto del Departamento Ejecutivo Nacional, Mauricio Macri, no leyeron o no tuvieron en cuenta la sentencia tras el juzgamiento de los Nazis en Núremberg, Alemania, después de la segunda guerra mundial, en aquella oportunidad quienes defendían a los nazis decían de que ellos estaban autorizados a matar de la forma que lo hicieron y de exterminar a más de 7.000.000 de personas porque había un principio filosófico avalado y sostenido por el congreso alemán, que los autorizaba mediante la Teoría del Súper Hombre al aniquilamiento, aquellos jueces tuvieron que buscar, ahondar en la conciencia para verificar si era justo tener que dejar en libertad a semejantes sanguinarios, o si  tenían que buscarle la legitimidad al principio sobre el cual sostenían los alemanes que se encontraban habilitados para desplegar la acción de aniquilar, extinguir, matar a millones de personas como lo hicieron sin ningún miramiento, FUE ENTONCES CUANDO SE AMPARARON NI MAS NI MENOS QUE EN EL DERECHO NATURAL DEL HOMBRE y prefirieron declarar ilegitima una norma jurídica un principio filosófico sobre el cuál se asentaba la misma, frente a lo que significa el derecho natural a la vida y así hubo pena y condena para todos los jerarcas nazis que se juzgaron en aquel entonces.

Que no puede la comunidad  de Nuestra Ciudad de Villa Carlos Paz, dejar de levantar su voz manifestando su repudio y repulsión sobre este fallo que va en contra de tantos hombres y mujeres que han trabajado, luchado, educado, en post de la libertad, de la justicia, de la memoria, de la verdad, para que NUNCA MAS pueda existir otro golpe cívico militar en la  República  Argentina, con propósitos de instaurar a través del miedo y del terror, la censura, la subordinación, la muerte de nuestros compatriotas, de nuestros hijos, procurando el control, la dominación, la doblegación de todo un  pueblo; 

Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, debería haberse pronunciado por la ilegitimidad de la aplicabilidad de la ley más benigna  2 x 1, ya que la misma no se corresponde ni es proporcional con el delito de lesa humanidad, es decir delitos contra la vida y los inherentes a ella, de manera tal que en este sentido hubiese sido un verdadero voto de reparación histórica y de justicia, y en consonancia con el trabajo social que desde hace 40 años vienen realizando compatriotas de nuestra nación en materia de derechos humanos, y no demostrar una vez más que este país se encuentra representado por aquellos que le hacen honor al nunca mejor utilizado término“país bananero” esto es: un país considerado políticamente inestable, empobrecido y atrasado…siendo moneda corriente la desobediencia a las leyes del país…”

Que el fallo en cuestión desconoce la supremacía que los pactos internacionales tienen en nuestro ordenamiento jurídico en virtud del artículo 75 inciso 22 de Nuestra Constitución Nacional, llamado “Bloque de la Constitucionalidad”, incorporado con la reforma constitucional del año 1994, lo cual implica que los mismos tienen jerarquía constitucional, entre los cuales se establece los estándares aplicables a los delitos de lesa humanidad, derechos humanos consagrados internacionalmente, proporcionalidad en la pena, prohibición expresa  al indulto, amnistía, prescriptibilidad, y/ o cualquier beneficio en la condena de aquellos que cometieron delitos contra la humanidad, derechos consagrados sobre la verdad, la reparación y la justicia;

Que la elaboración intelectual llevada adelante por estos juristas mal llamados eminencias de la justicia, deshonran y denigran a nuestro pueblo argentino, utilizando banderas falaces de pacificación social, ya que la misma sólo se alcanza a través de un pueblo que imparte justicia, la justicia no de estos hombres, la justicia que repara el daño que ocasionado en proporción, la justicia que aun a aquellos que cometen los más atroces crímenes son juzgados con todas las garantías constitucionales y procesales, que contrariamente a derecho el terrorismo de estado perpetrado por la dictadura militar violo impunemente, la justicia que busca la equidad, el bienestar social, la solidaridad, la confraternidad, la justicia que procura a través de sus penas y condenas dejar mensajes a la sociedad, mensaje de REPARACION Y NO DE IMPUNIDAD.

Que la paz social de Nuestra Nación Argentina, venía siendo dada por la labor ardua, constante y cotidiana de años llevada adelante por organismos de Derechos Humanos, victimas sobrevivientes, familiares de víctimas y aquellos que entendieron y comprendieron que el agravio lo fue hacia un pueblo, y que se accede a ella lentamente a través del respeto hacia nuestras instituciones, en procura de determinar y condenar a los responsables y no a través de la venganza o revancha, eso sólo se consigue cuando se parte desde el respeto y el amor hacia el prójimo, hacia la vida y hacia una comunidad toda pensada en futuras generaciones, NO A PARTIR DE LA MENTIRA DESCARADA CON CLARA INTENCION POLITICA de hacer creer a una comunidad que se alcanza la paz con el engaño, con la violación a un sistema jurídico, con la injusticia, con la ilegalidad, todo lo cual configura este Fallo Judicial que no es ni más ni menos que una absoluta VERGÜENZA Y DESHONRA NACIONAL por cuanto constituye un avasallamiento a los derechos consagrados, una posibilidad de transitar nuestros caminos y vidas cotidianas con genocidas libres en la calle, que lejos de mostrar

 

el más mínimo respeto y arrepentimiento de dolor y sufrimiento ocasionado, continúan sintiendo orgullo de ser unos criminales, orgullosos de violar mujeres, de aplicar tormentos sistemáticamente, de secuestrar, de privar ilegítimamente de la libertad, de apropiarse de niños y al día de hoy ocultarles su verdadera  identidad, de robar  bienes inmuebles de las víctimas, de mantener detenidos a presos políticos en condiciones infrahumanas, de manosear a todo aquel familiar en búsqueda de sus hijos, de sus hermanos, de sus padres, amigos, de sus afectos, de saquear los bienes muebles de víctimas y familiares irrumpiendo por la fuerza en los hogares argentinos, la persecución, desaparecer 30.000 argentinos que al día de hoy pocos cuerpos han sido hallados, y que su búsqueda continua sin absolutamente ningún dato aportado por estos canallas que utilizaron el estado nacional para cometer estos delitos, canallas que con la impunidad que les dio cometer este tipo de actos denigrantes hacia el ser humano, ahora un Fallo Judicial del máximo tribunal superior otorga la misma impunidad premiando su conducta mediante la aplicación de una ley más benigna, llegando a esto mediante la utilización de los distintos recursos jurídicos y políticos que en otro contexto político no habría ocurrido jamás en cuanto es Política de Estado la Verdad, Memoria y Justicia, sin embargo el actual Gobierno Nacional creó las condiciones para que esta impunidad se prolongue y las heridas de todo un pueblo continúen a flor de piel, provocando así un retroceso que no sólo les otorgue la libertad a genocidas sino que además aquellos civiles y eclesiásticos cómplices transiten por un proceso judicial cuya condena sea absolutamente insignificante.

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