¿Hubo falsificación de documentos públicos en la licitación de la basura?

La pregunta sobrevuela todo el proceso de licitación del servicio de recolección de residuos en Villa Carlos Paz. Sobre todo en lo que tiene que ver con el primer llamado, y las dos ‘versiones’ existentes de la ordenanza 6273 (pliegos), promulgada el 18 de setiembre de 2017.

Estas dos versiones del mismo documento están firmadas por personal de la secretaría legislativa del Concejo de Representantes y también por el intendente Esteban Avilés, entre otros funcionarios. Una tiene el artículo 48º, y la otra no.

Cabe recordar que el primer llamado se cayó porque se habían publicado los pliegos sin el ya famoso artículo que refiere a la potestad del municipio de aumentar o disminuir el área de prestación.

A partir de allí, se suscitó un cruce de acusaciones sobre quién o quiénes fueron los responsables. Es decir, si el texto fue enviado desde el Concejo al ejecutivo sin ese artículo o si, en cambio, fue modificado allí.

Un dato firme aportado por el tribunal de Cuentas trae un poco de claridad: la ordenanza visada no tenía el artículo 48.

Esto dispara el interrogante de por qué se firmó un nuevo texto sin informar que se había tratado de un error.

Si se hizo a los efectos de ‘disimular’ la equivocación, habrá que dilucidar entonces si ese comportamiento no configura el delito de falsificación de documentación pública.

Y en ese caso queda claro que quienes están al tanto de esto (concejales y funcionarios) deberán llevar el caso a la justicia para que, finalmente, se puedan deslindar responsabilidades.

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