
La iniciativa fue impulsada por el departamento Ejecutivo y aprobada por unanimidad.
“Sabemos que el sodio es un producto que pueda causar mucho daño a la salud básicamente por el incremento de la tensión arterial, entonces lo que hemos buscado con el departamento Ejecutivo es intentar disminuir el consumo de sal en la población”, explicó Norberto Luraschi, a cargo del área de Bromatología de la municipalidad.
Se establece, asimismo, que los establecimientos “deben poner a disposición de los consumidores que así lo requieran, sal dietética con bajo contenido de sodio, y ofrecérsela como primera alternativa a quienes lo soliciten”.
Además, los locales alcanzados por la ordenanza que expendan comidas para ser consumidas en el lugar, o para llevar, deben incorporar en las cartas del menú, “en lugar visible y con letra legible, la leyenda: el consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud”.
El mismo texto deberá exhibirse mediante cartelería, en el interior de los restaurantes, bares, establecimientos gastronómicos y afines donde se expendan comidas, “en lugar visible y en letra clara”.
Campaña de concientización y vigencia
El texto de la ordenanza prevé que el departamento Ejecutivo, a través de la secretaría de Salud Pública, desarrolle una campaña “con actividades concretas y difusión de información, a fin de contribuir a mejorar la salud de la población respecto de las enfermedades vinculadas al consumo excesivo de sal”.
En cuanto al momento en que entrarán en vigencia las nuevas disposiciones, se precisó que “serán obligatorias a partir de los 180 días desde su publicación para los comercios ya habilitados y de cumplimiento inmediato para quienes realicen nuevas habilitaciones”.
Nota correspondiente a la edición n° 390 del semanario La Jornada, del 25 de octubre de 2015.