La concejala Laura Orce (Unión para el Desarrollo) planteó la necesidad de declarar la Emergencia de la Infraestructura Vial en la ciudad de Villa Carlos Paz.
Además, advirtió que, “dicha situación se patentiza como crónica, sin que las acciones y actividades ordinarias que el municipio desarrolla hayan podido o puedan revertirla”.
En cuanto a los alcances, el proyecto plantea que la declaración de emergencia tendrá como objetivos principales:
a) La realización y ejecución de un plan de contingencia inmediato para solucionar cuestiones que requieren urgente solución.
b) El desarrollo de un Programa Estratégico que comprenda una planificación adecuada que permita la completa recuperación y mejora de la infraestructura vial de la ciudad.
c) Desarrollar distintos aspectos accesorios a la problemática de la infraestructura vial propiamente dicha.
El proyecto completo
VISTO:
El estado de deterioro de la infraestructura vial en el ejido de la ciudad de Villa Carlos Paz teniendo en cuenta que el deterioro es general, y se evidencia tanto en las avenidas y calles pavimentadas, como en veredas, calles de tierra y en todos los elementos que conforman la infraestructura vial de la ciudad.
Que dicha situación se patentiza como crónica, sin que las acciones y actividades ordinarias que el Municipio desarrolla hayan podido o puedan revertirla.
Y CONSIDERANDO:
Que las tareas rutinarias de mantenimiento de las calles, cordones cunetas y veredas que el Municipio desarrolla, son evidentemente insuficientes.
Que la falta de una adecuada y pormenorizada planificación de objetivos y recursos, ha imposibilitado el mantenimiento y la renovación de la infraestructura vial de esta ciudad de Villa Carlos Paz.
Que el propio crecimiento de nuestra ciudad de manera progresiva ha acentuado el deterioro de la infraestructura vial, al punto de que hoy la misma se ha tornado insuficiente y obsoleta.
Que la situación descrita impacta de modo negativo en la ciudadanía en particular, como así también en aquellos prestadores de servicios públicos o privados.
Que el impacto sobre el particular, obedece a que resulta peligroso, molesto, incómodo y hasta más oneroso, la utilización de vías de tránsito que no se encuentran en un estado adecuado de conservación, ya que ello provoca accidentes, daños y roturas derivados de manera directa e indirecta de la grave situación de deterioro.
Que en el ámbito que corresponde a los distintos prestadores de servicios, la situación deriva en consecuencias similares, con el agregado que esto provoca un mayor costo en la prestación del servicio y en un progresivo deterioro en la calidad del mismo.
Que mirado el planteo desde el Estado, la precaria situación torna al Municipio en sujeto susceptible de reclamos por los daños que tanto los privados como los prestadores puedan sufrir derivados del estado de la infraestructura vial, cuyo correcto mantenimiento es de plena y absoluta responsabilidad del Estado Municipal.
En el mismo sentido, resulta contraproducente para la ciudad, el impacto altamente negativo que esta situación, que desde luego se agrava en los meses de mayor afluencia de visitantes, deja en la opinión e imagen que el turista se lleva de nuestra ciudad y traslada a su entorno.
Asimismo, debo adelantarme a expresar que el deterioro actual que presenta la infraestructura vial, ha devenido de manera progresiva, constante e incesante desde hace muchos años, y no es responsabilidad de una administración en particular sino del lentoy burocrático funcionamiento del estado en su conservación, renovación y ampliación.
Que esta precaria situación debe llamarnos a una necesaria reflexión que nos permita entender y decidir el impostergable desarrollo de una adecuada planificación que ponga en marcha acciones coordinadas, metódicamente planificadas que se ejecuten de manera progresiva y constante.
Que se hace imprescindible que el estado municipal recupere la capacidad de planificar, ejecutar, controlar y mantener la infraestructura vial de la ciudad.
Por lo expuesto, la Concejal María Laura Orce conjuntamente con los demás concejales abajo firmantes, proponen la aprobación del siguiente Proyecto de Ordenanza-
EL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1º: DECLARASE la Emergencia de la Infraestructura Vial en la ciudad de Villa Carlos Paz.
Artículo 2º: DETERMINASE que el período de vigencia de la emergencia será de un año a partir de la promulgación de la presente.
Artículo 3º:La declaración de emergencia tendrá como objetivos principales:
- La realización y ejecución de un plan de contingencia inmediato para solucionar cuestiones que requieren urgente solución.
- El desarrollo de un Programa Estratégico que comprenda una planificación adecuada que permita la completa recuperación y mejora de la infraestructura vial de la ciudad.
- Desarrollar distintos aspectos accesorios a la problemática de la infraestructura vial propiamente dicha.
Artículo 4º: DISPONESE que en el plazo de 15 días de vigente la emergencia, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitir a la Comisión de Seguimiento y Control creada en el art 8º de la presente, nómina con detalle y plazos de ejecución de las obras referidas en el art. 3º inc. a).
Artículo 5º: SOLICITASE al Departamento Ejecutivo Municipalremita al Concejo de Representantes, para su inmediato tratamiento, un proyecto de ordenanza para efectuar las readecuaciones presupuestarias pertinentes para la ejecución inmediata de las tareas citadas en el art. 4º de la presente.
Artículo 6º:DISPONESE que en el plazo de 30 días de vigente la emergencia, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá propiciar y suscribir Convenio con la UNC, a los efectos del cumplimiento de lo estipulado en el art. 3º inc. b).
Artículo 7º:DETERMINASE que en el plazo de 90 días de vigente la emergencia, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá presentar ante la Comisión de Seguimiento y Control, el Programa Estratégico previsto en el art 3º inc. b), acompañando el presupuesto necesario para ser tratado y aprobado por este Concejo de Representantes.
Artículo 8º:CREASE la Comisión de Seguimiento y Control de la Emergencia en Infraestructura Vial de la ciudad de Villa Carlos Paz, la que se conformará de la siguiente manera: un (1) representante de cada uno de los bloques legislativos del Concejo y el Secretario de Desarrollo Urbano Ambiental en representación del Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo 9º: DE FORMA.