La Regional 6 comunicó formalmente su decisión de dejar de asistir, de manera temporaria, a las reuniones plenarias del Consejo de Planificación Urbano Ambiental. Cuestionó la falta de una agenda técnica previa, el tratamiento insuficiente de temas estructurales y el sistema de decisiones sobre cuestiones urbanas sensibles.
El Colegio de Arquitectos Regional 6 resolvió suspender temporariamente su participación institucional en el Consejo de Planificación Urbano Ambiental (CPUA) de Villa Carlos Paz, al advertir deficiencias sustanciales en el funcionamiento del organismo.
La decisión fue comunicada a través de una nota enviada al presidente del Consejo, bajo la referencia “Suspensión temporaria de participación institucional”, en la que la entidad informó que dejará de asistir y participar en las reuniones plenarias hasta que se garanticen condiciones adecuadas para el debate técnico.
“Nos dirigimos a Usted a fin de comunicar la suspensión temporaria de nuestra asistencia y participación en las reuniones plenarias del Consejo de Planificación Urbano Ambiental”, señala el texto.
En los fundamentos, el Colegio sostuvo que la medida responde a la “verificación de deficiencias sustanciales en el funcionamiento del órgano”, que, según plantea, afectan la validez y eficacia del proceso deliberativo.
Uno de los cuestionamientos centrales apunta a la ausencia de un temario previamente estructurado, suficiente y prospectivo, que contemple de manera integral las necesidades urbanas actuales y futuras de la ciudad.
Según la entidad profesional, esa situación impide el adecuado ejercicio de las funciones técnico-consultivas asignadas al CPUA y vulnera principios que deben regir en materia de ordenamiento territorial y ambiental, como la razonabilidad, la planificación estratégica, la participación informada y la adecuada fundamentación técnica.
El Colegio también remarcó que la inexistencia de una agenda de tratamiento con debida antelación obstaculiza el análisis previo por parte de la matrícula profesional y limita la posibilidad de formular alternativas técnicamente fundadas, “comprometiendo la calidad del asesoramiento y desnaturalizando la finalidad del órgano prevista en la Ordenanza Nº 4951”.
Temas estructurales sin abordaje suficiente
En la nota, la institución advirtió además sobre la omisión o el tratamiento insuficiente de cuestiones que considera estructurales y urgentes para la ciudad.
Entre ellas mencionó el Sistema Circulatorio, el Diseño Vial, la Infraestructura de Servicios, el sistema de transporte público y la regulación del Uso del Suelo con proyección a mediano y largo plazo.
Sobre este último punto, el Colegio señaló que su modificación constante genera “un crecimiento urbano desordenado y carente de previsibilidad”.
Para la entidad, la falta de un abordaje integral de estos temas afecta el principio de desarrollo urbano sostenible y la función social de la planificación, con potencial impacto negativo sobre la convivencia urbana y la calidad de vida de los habitantes.
También cuestionó que la dinámica actual del Consejo resulta insuficiente frente a la complejidad y continuidad que exige el planeamiento urbano, lo que, según planteó, restringe materialmente el cumplimiento adecuado de sus competencias.
Cuestionamientos al sistema de decisiones
Otro de los puntos más sensibles del comunicado es la crítica al modo en que se adoptan decisiones dentro del organismo.
El Colegio de Arquitectos observó con preocupación que cuestiones de naturaleza estrictamente técnica sean sometidas a mecanismos de votación que, por la conformación actual del Consejo, podrían convalidar soluciones sin sustento técnico suficiente.
Según la nota, esa dinámica entra en tensión con los principios de especialidad, idoneidad y debida motivación del acto administrativo.
La entidad fue más allá y advirtió que, bajo el esquema actual, continuar participando del CPUA podría implicar una “asunción indirecta de responsabilidades” por decisiones que no reúnen los estándares técnicos exigibles, con eventual afectación a los derechos de los vecinos y al erario público.
Cómo está integrado el CPUA
El Consejo de Planificación Urbano Ambiental está conformado por una Comisión Plenaria Honoraria y una Unidad Técnica, con participación de representantes del municipio, del Concejo de Representantes y de distintas entidades profesionales e institucionales de la ciudad.
La Comisión Plenaria Honoraria está integrada por dos representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, uno de ellos como coordinador de la Unidad Técnica; dos representantes del Concejo de Representantes, uno por el bloque mayoritario y otro por las minorías; un representante del Colegio de Arquitectos Regional 6; uno del Colegio de Ingenieros Civiles Regional 7; uno del Centro de Profesionales de la Ingeniería y la Arquitectura (CEPIA); uno de ADARSA; uno de la Asociación Inmobiliaria; y uno del Colegio de Técnicos Constructores Universitarios y/o Constructores Universitarios de la Provincia de Córdoba.
La Unidad Técnica, en tanto, se integra con responsables de áreas del Departamento Ejecutivo Municipal vinculadas a planificación territorial, infraestructura urbana, ambiente y aplicación del Código de Edificación; además de un profesional designado por el Ejecutivo, un profesional designado por el Concejo y representantes legislativos del bloque mayoritario y de las minorías.
Por eso, la decisión del Colegio de Arquitectos Regional 6 adquiere especial relevancia institucional, ya que se trata de uno de los actores técnicos previstos formalmente dentro de la estructura del organismo.
Reclamo por un funcionamiento regular y eficaz
El Colegio aclaró que la suspensión no implica cerrar definitivamente la puerta a su participación. Por el contrario, dejó expresa constancia de su disposición a retomar el trabajo dentro del Consejo una vez que se implementen condiciones que garanticen un funcionamiento regular y eficaz.
Entre los requisitos planteados, reclamó la previsión de un temario adecuado y suficiente, y la efectiva consideración de los aspectos técnicos propios de la disciplina.
“Todo ello en aras de reorganizar y fortalecer los mecanismos de deliberación y decisión, conforme a los principios de legalidad, razonabilidad y adecuada planificación urbana”, concluye la presentación.
La decisión adquiere relevancia por el rol que debe cumplir el CPUA en la discusión de temas urbanos y ambientales de Villa Carlos Paz. Entre sus funciones, el organismo debe intervenir con dictamen en todo asunto que suponga impactos significativos en el desarrollo urbano-ambiental de la ciudad, ya sea por iniciativa propia o a pedido del Foro Urbano Ambiental, instituciones u organismos del Estado.
El alejamiento temporario del Colegio de Arquitectos Regional 6 deja así planteada una fuerte señal institucional en torno al funcionamiento de un ámbito que debería ser central para ordenar el crecimiento urbano, anticipar problemas estructurales y aportar criterios técnicos en decisiones sensibles para la ciudad.
