La receta electrónica será obligatoria también para estudios, prácticas y dispositivos médicos

El Ministerio de Salud oficializó la extensión del sistema digital a todas las indicaciones médicas. Habrá plazos escalonados para su implementación y excepciones en zonas sin conectividad.


El Ministerio de Salud de la Nación amplió la obligatoriedad de la receta electrónica, que desde ahora abarcará no solo medicamentos sino también estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos. La medida fue oficializada este lunes a través de la Resolución 2214/2025 publicada en el Boletín Oficial.

De esta forma, se completa el proceso iniciado el 1° de enero con la digitalización obligatoria de recetas para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553. Desde ahora, todas las órdenes médicas deberán emitirse en formato electrónico, utilizando plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS).

El nuevo sistema busca unificar, digitalizar y asegurar la trazabilidad de las indicaciones médicas en todo el país. Según precisaron desde la cartera sanitaria, los repositorios deberán estar abiertos a todas las plataformas o sistemas de prescripción, sin importar la cobertura de salud del paciente.

Uno de los principales avances es la incorporación de mecanismos de identificación unívoca del paciente y de cada receta. Para ello se utilizará el CUIL como dato principal, y cada prescripción contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), lo que permitirá ubicar y verificar cada indicación de forma precisa, evitando duplicaciones o alteraciones.

Además, se establecen nuevas disposiciones para recetas archivadas o de prescripción restringida, como las que incluyen psicotrópicos o estupefacientes. Las plataformas deberán garantizar su resguardo por un plazo mínimo de tres años, a fin de asegurar el acceso para tareas de monitoreo y fiscalización.

La normativa también fija plazos escalonados para su aplicación:

  • 45 días para la identificación unívoca de recetas.
  • 90 días para implementar la solución de prescripción de medicamentos de receta archivada.
  • 120 días para las recetas restringidas.

En paralelo, se mantendrá el uso de recetas en papel en casos excepcionales, como localidades con problemas de conectividad o sin acceso a sistemas digitales.

Desde el Ministerio adelantaron que se trabajará junto a prestadores y actores del sistema de salud para garantizar una transición ordenada y segura, con soporte técnico en cada etapa.

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