La Justicia rechazó las denuncias de Milei contra periodistas

El juez federal consideró que las expresiones de los periodistas están protegidas por la libertad de prensa y advirtió que judicializar opiniones afecta el debate democrático.

El juez federal Daniel Rafecas desestimó las denuncias penales presentadas por el presidente Javier Milei contra los periodistas Carlos Pagni y Ari Lijalad, al considerar que no existe delito en las expresiones realizadas por ambos comunicadores y que las mismas se encuentran amparadas por la libertad de prensa.

En su fallo, el magistrado advirtió que promover acciones penales por opiniones periodísticas podría perjudicar seriamente el debate democrático, y sostuvo que los funcionarios públicos deben tolerar un mayor nivel de crítica, tal como lo establece la jurisprudencia nacional e internacional.

El caso Carlos Pagni

La denuncia contra Pagni se originó por comentarios realizados el 28 de abril en su programa Odisea Argentina (LN+), donde el periodista trazó un paralelismo entre la llegada al poder de Milei y la de Adolf Hitler, en el contexto de un análisis político.

Para el Presidente, esa comparación afectaba su honor, motivo por el cual promovió una causa judicial. Sin embargo, Rafecas determinó que los dichos del periodista “se enmarcan en el debate político”, y no constituyen “una acusación directa ni un insulto personal”. Además, remarcó que no se atribuyó ningún delito a Milei ni se buscó deshonrarlo de forma intencional.

El juez citó como antecedente el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Kimel vs. Argentina”, que estableció que las figuras públicas deben estar sujetas a un mayor escrutinio por parte de la prensa y la ciudadanía.

El caso Ari Lijalad

En la misma resolución, Rafecas también archivó la denuncia contra Ari Lijalad, periodista del portal El Destape. La presentación de Milei se había basado en una columna publicada el 4 de mayo, titulada “Milei, entre el odio a la información y el discurso nazi”.

Para el magistrado, al igual que en el caso de Pagni, el texto de Lijalad forma parte del ejercicio de la libertad de expresión y no configura ningún tipo penal.

Ambas causas quedaron cerradas por inexistencia de delito, consolidando así una postura judicial que respalda el derecho a la crítica y la libertad periodística en contextos democráticos.

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