La Corte Suprema rechazó la recusación de Cristina Kirchner contra Ricardo Lorenzetti

El máximo tribunal desestimó por unanimidad el planteo de la defensa de la expresidenta, por considerarlo extemporáneo y carente de fundamentos jurídicos suficientes.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó in limine y por unanimidad la recusación presentada por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner contra el juez Ricardo Lorenzetti. El planteo se realizó en el marco de la causa CFP 5048/2016, referida a un incidente de recurso extraordinario.

Con los votos de Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y el propio Lorenzetti, el tribunal consideró que la recusación fue presentada fuera de los plazos procesales y sin respaldo en pruebas ni fundamentos legales.

La defensa de la expresidenta había promovido el pedido de apartamiento el pasado 5 de mayo, alegando una supuesta falta de imparcialidad del magistrado. Como sustento, se invocaron notas periodísticas, fallos previos con disidencias, declaraciones públicas del juez y una denuncia formulada en el Senado por la legisladora Anabel Fernández Sagasti.

Según los abogados de Fernández de Kirchner, esas circunstancias vulneraban los principios de imparcialidad judicial establecidos en los Principios de Bangalore y en precedentes como el caso Llerena.

Argumentos desestimados por la Corte

No obstante, la Corte señaló que los hechos mencionados ya eran conocidos con anterioridad a la presentación del recurso extraordinario —realizada el 13 de febrero—, por lo que la recusación debió haberse planteado en esa oportunidad.

Además, consideró que las manifestaciones posteriores del juez, como una entrevista del 1º de mayo en la que sostuvo que el tribunal debía expedirse antes de las elecciones, no constituían una causal objetiva ni comprobable para apartarlo del expediente.

“El planteo no fue realizado en tiempo oportuno y no cumple con la fundamentación exigida por la ley”, subrayaron los jueces.

También remarcaron la ausencia de pruebas y de una causal específica prevista por el Código Procesal Penal.

Principio del juez natural

El fallo enfatiza que las recusaciones contra miembros de la Corte Suprema deben ser interpretadas de manera restrictiva, ya que su aceptación podría poner en riesgo la garantía del juez natural y el normal funcionamiento del máximo tribunal del país.

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