Fuente: Télam
El Gobierno nacional oficializó hoy la actualización de los montos de compensaciones económicas para los damnificados, o sus herederos por la explosión de la fábrica militar de la localidad cordobesa de Río Tercero, ocurrida el 3 de noviembre de 1995 y que causó siete muertes y unos 300 heridos, mediante un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial.
La compensación económica de tipo monetaria a la que alude el artículo se regirá por la aplicación de módulos solicitados por los damnificados en función de la categorías de muerte; lesiones gravísimas, lesiones graves y daño moral y daño material, según se establece en el Decreto 596, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y todos los ministros del Gabinete nacional.
En ese sentido, se establece que “es requisito para el cobro de la compensación económica a los beneficiarios o sus herederos la renuncia absoluta de estos a los procesos administrativos o judiciales en trámite, debiendo suscribir los formularios correspondientes por los cuales se liberará al Estado Nacional de la responsabilidad reconocida por los hechos”.
Asimismo, se aclara que, “quienes hayan recibido la reparación pecuniaria en legal forma quedarán subrogando al Estado nacional si con posterioridad solicitasen igual beneficio otros causahabientes con igual o mejor derecho”.
Además, la norma precisa que se excluirán del pago de estas indemnizaciones “a los beneficiarios o sus herederos de la aplicación del régimen de consolidación contemplado en la Ley 25.344”.
También, precisa que el Ministerio de Defensa será autoridad de aplicación y podrá dictar las normas complementarias, procedimentales y aclaratorias que fueren necesarias para su implementación, debiendo en los casos que corresponda requerir la previa intervención de la cartera de Economía.