El Decreto 366/2025 endurece las condiciones para la ciudadanía, habilita el cobro en hospitales públicos y universidades, y establece nuevos criterios para la residencia precaria.
El Gobierno nacional oficializó este jueves una serie de modificaciones a la Ley 25.871 de Migraciones, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, publicado en el Boletín Oficial. Las nuevas disposiciones implican un endurecimiento de las condiciones para el ingreso, permanencia y naturalización de personas extranjeras en el país, al tiempo que habilitan el arancelamiento de la salud pública y la educación superior para quienes no cuenten con residencia permanente.
Según establece el decreto, las personas migrantes mantendrán el derecho a recibir atención en casos de emergencia, y podrán acceder a la educación en los niveles inicial, primario y secundario sin discriminación por su situación migratoria. Sin embargo, el acceso gratuito al sistema sanitario público y a las universidades estatales quedará restringido a los residentes permanentes, quedando habilitado el cobro de aranceles en los demás casos.
Cambios en salud y educación
En materia de salud pública, el texto establece que fuera de las emergencias médicas, los establecimientos administrados por el Estado nacional solo brindarán atención “contra la presentación de un seguro de salud o la previa cancelación del servicio, según condiciones fijadas por el Ministerio de Salud”.
En cuanto a la educación superior, se define que los estudios de grado serán gratuitos únicamente para ciudadanos argentinos y extranjeros con residencia permanente. Las universidades de gestión estatal podrán establecer retribuciones por sus servicios para los demás casos, aunque podrán otorgar becas si así lo prevén sus estatutos o convenios con organismos nacionales e internacionales.
Endurecimiento de la política migratoria
El decreto también redefine las categorías migratorias, estableciendo tres: residentes permanentes, temporarios y transitorios. La Dirección Nacional de Migraciones será la autoridad encargada de evaluar los cambios de categoría y podrá otorgar una residencia precaria con una validez de hasta 90 días, renovable bajo resolución fundada.
Esa residencia precaria habilitará al extranjero a trabajar, estudiar e ingresar o egresar del país, pero no será válida para acreditar arraigo ni dará derechos automáticos a la residencia permanente o a la ciudadanía por naturalización.
Además, quienes soliciten la residencia permanente deberán acreditar medios económicos suficientes para subsistir y carecer de antecedentes penales que pudieran impedir su admisión. También se establecen nuevos criterios para la reunificación familiar, con plazos específicos y restricciones según el vínculo.
Derechos garantizados y restricciones
El texto mantiene algunos derechos para personas migrantes, como la no discriminación por situación migratoria en el acceso a la educación básica y la atención médica en urgencias. Sin embargo, introduce un cambio sustancial en el principio de gratuidad y universalidad de servicios públicos como la salud y la educación superior, pilares hasta ahora garantizados por la legislación vigente.
Desde sectores vinculados a los derechos humanos y organizaciones migrantes se espera una reacción crítica frente a estas modificaciones, que suponen un giro restrictivo en la política migratoria argentina, históricamente reconocida por su carácter integrador.