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Causa Bomberos: concejales piden el apartamiento de Hernán Anders hasta que se resuelva su situación en la justicia

Avilés - AndersLa concejala radical Natalia Lenci ingresó un proyecto de resolución donde reclama el apartamiento del director de la Secretaria Privada, Prensa y Protocolo, Hernán Anders, “atento a la causa judicial que se instruye en la fiscalía número 2 de los juzgados de la ciudad de Villa Carlos Paz por administración fraudulenta en la administración de Bomberos voluntarios y por la cual se encuentra imputado”. El argumento central es que el funcionario “administra los recursos de prensa como así también de los eventos que realiza el municipio de Villa Carlos Paz”.

“El apartamiento debe extenderse mientras dure la instrucción de la causa antes mencionada”, precisa la iniciativa.

Según precisó Lenci a VillaNos Radio 100.7, el proyecto fue presentado con el apoyo de la concejala Laura Orce (PJ). La intención es que sea tratado sobre tablas en la sesión de este jueves.

“Anders está sospechado de administración fraudulenta y hoy maneja muchos recursos del municipio. Hasta tanto se resuelva su caso, consideramos que debe ser apartado”, insistió.

El proyecto también contempla la situación de dos funcionarios municipales (Patricia Morla, Subdirectora de Discapacidad; y Gabriel Martina, coordinador de Participación Ciudadana y Presupuesto Participativo) por una supuesta incompatibilidad con la participación en la comisión directiva del cuartel de Bomberos Voluntarios, de acuerdo a lo que establece el Código de Ética.

El tercer punto del proyecto solicita al Tribunal de Cuentas que informe en el término de 10 días “los montos y las rendiciones de cuentas de los subsidios y de los aportes que a través de la cuenta específica Contribución Apoyo Bomberos el municipio le ha realizado en los periodos 2011 hasta la fecha”.

 

El proyecto

 

PROYECTO DE RESOLUCION

 

VISTO:

 

Los últimos acontecimientos de estado público sobre la causa  judicial que se instruye en la fiscalía número 2 de los juzgados de la ciudad de Villa Carlos Paz por administración fraudulenta en la administración de Bomberos voluntarios, y ante la conformación de la nueva Comisión Directiva del Cuartel de Bomberos de Villa Carlos Paz.  Y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la causa  judicial que se instruye en la Fiscalía número 2 de los juzgados de la ciudad de Villa Carlos Paz por administración fraudulenta en la administración de Bomberos Voluntarios de Villa Carlos Paz dio como resultado la imputación de ex integrantes de la Comisión Directiva como así también del ex presidente de la Institución y actual Director de la Secretaria Privada, Prensa y Protocolo Señor Hernán Anders.

Que la nueva Comisión Directiva del Cuartel de Bomberos de Villa Carlos Paz, tiene en su seno a varios funcionarios y empleados de la actual gestión municipal en contradicción a la ordenanza 5922 Código de Ética de la Función Publica en su Artículo Nº 17.

Que el Cuerpo de Bomberos de Villa Carlos Paz, recibe subsidios del municipio y aportes a través de la cuenta especifica contribución apoyo bomberos.

EL CONCEJO DE REPRENSENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ

RESUELVE

Artículo 1°.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal el apartamiento del Director de la Secretaria Privada, Prensa y Protocolo Señor Hernán Anders, atento a la causa  judicial que se instruye en la fiscalía número 2 de los juzgados de la ciudad de Villa Carlos Paz por administración fraudulenta en la administración de Bomberos voluntarios y por la cual se encuentra imputado, teniendo en cuenta que el referido funcionario administra los recursos de prensa como así también de los eventos que realiza el Municipio de Villa Carlos Paz. El apartamiento debe extenderse mientras dure la instrucción de la causa antes mencionada.

Artículo 2°.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, informe en el término de 10 días si los funcionarios Sra. Patricia Morla Subdirectora de Discapacidad y el Sr. Gabriel A. Martina Coordinador de Participación Ciudadana y Presupuesto Participativo han solicitado licencia o han renunciado a sus puestos para poder ocupar los cargos a los que fueron designados en la nueva comisión directiva de los Bomberos de Villa Carlos Paz como vocales suplentes de la misma los cuales se contradicen con lo estipulado al código de ética de la función pública, ordenanza 5922, en su Artículo Nº17:

“A fin de preservar la independencia de criterio y el principio de equidad, el funcionario público no puede mantener relaciones ni aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.

El funcionario no podrá ser proveedor, contratista, concesionario del Municipio o accionistas de Empresas que tengan relación económica con el mismo. Tampoco puede dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar ni prestar servicios, remunerados o no, a personas físicas o jurídicas que gestionen o exploten concesiones o que sean contratistas o proveedores del Municipio, ni mantener vínculos que le signifiquen beneficios u obligaciones con entidades directamente fiscalizadas por el órgano o entidad en la que se encuentre desarrollando sus funciones.

El funcionario público tiene el deber de excusarse en todos aquellos casos en los que pudiera presentarse conflicto de intereses.-

El funcionario o empleado que desempeñe un cargo en el Municipio, no podrá ejercer otro cargo remunerado en la Administración Nacional, Provincial o Local, con excepción de la docencia y profesionales de la salud.-

El funcionario deberá firmar una declaración de incompatibilidad y declarar sus trabajos en la función pública y/o privada con (2) dos años de anterioridad,  antes de iniciar formalmente sus funciones. No podrá participar directa o indirectamente, en la negociación, firma, ejecución o control de los contratos en los que tengan intervención parientes por consanguinidad o afinidad por matrimonio o unión convivencial.-“

Teniendo en cuenta lo anteriormente citado por el artículo 17 de la ordenanza 5922, y que la administración de los bomberos debe ser fiscalizada por el municipio en cuanto a los gastos que realiza por los subsidios y aportes que el estado de la Municipalidad de Villa Carlos Paz le ejecuta, los funcionarios aludidos estarían violando lo normado.

Artículo 3º.-Solicitar al Honorable Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de Villa Carlos Paz informe en el término de 10 días con copia los montos y las rendiciones de cuentas de los subsidios y de los aportes que a través de la cuenta especifica contribución apoyo bomberos el municipio le ha realizado en los periodos 2011 hasta la fecha.

Artículo 4º.- De Forma.

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