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Cambios en los subsidios de luz y gas: qué zonas de Córdoba tendrán descuentos y qué pasa en Punilla

El Gobierno nacional amplió los bloques de consumo eléctrico bonificable para regiones cálidas, entre ellas Punilla, y reglamentó el nuevo régimen de Zona Fría para el gas. La reforma elimina el beneficio automático en 13 departamentos cordobeses, pero permite acceder a una bonificación adicional del 20% a los hogares que cumplan determinados requisitos.


El Gobierno nacional oficializó este martes 27 de octubre nuevas condiciones para la aplicación de subsidios a la electricidad y el gas natural, con modificaciones que alcanzan a distintos sectores de Córdoba y que tendrán consecuencias sobre las facturas de los usuarios residenciales.

Las medidas fueron establecidas mediante las resoluciones 299/2026 y 300/2026 de la Secretaría de Energía, publicadas en el Boletín Oficial. La primera reglamenta el nuevo Régimen de Zona Fría, mientras que la segunda amplía los bloques de consumo eléctrico subsidiado en regiones caracterizadas por temperaturas elevadas.

Para Córdoba, las novedades tienen dos alcances diferentes. Por un lado, determinados usuarios de las zonas cálidas podrán acceder a descuentos sobre un mayor volumen de electricidad. Por otro, los hogares que estaban comprendidos en la ampliación de Zona Fría de 2021 dejarán de recibir automáticamente ese beneficio por su ubicación geográfica, aunque algunos podrán conservar asistencia mediante el nuevo régimen focalizado.

En Villa Carlos Paz y Punilla, la principal novedad está vinculada con la electricidad. El departamento figura dentro de la clasificación de zona cálida utilizada por la normativa energética nacional, pero no había sido incorporado al régimen ampliado de Zona Fría para el gas.

Electricidad: más consumo subsidiado en zonas cálidas de Córdoba

La Resolución 300/2026 modifica los límites de consumo eléctrico sobre los cuales se aplican las bonificaciones nacionales, con el objetivo de contemplar la mayor utilización de equipos de refrigeración durante los meses de calor.

El nuevo esquema establece dos categorías:

Para las regiones consideradas muy cálidas, el bloque bonificable será de hasta 500 kilovatios hora (kWh) mensuales entre noviembre y abril, mientras que durante los restantes meses del año será de 300 kWh.

En las zonas clasificadas como cálidas, el límite será de 300 kWh mensuales durante la mayor parte del año y aumentará a 370 kWh en diciembre, enero y febrero.

La medida alcanza a usuarios residenciales de 15 provincias, entre ellas Córdoba, aunque no implica que todos los habitantes de esos territorios tengan automáticamente derecho a los nuevos límites.

En el caso cordobés, la clasificación bioambiental IIa, correspondiente a zona cálida, comprende los departamentos Colón, Cruz del Eje, Ischilín, Minas, Pocho, Punilla, Río Primero, Río Seco, San Alberto, San Justo, Sobremonte, Totoral y Tulumba.

Esta delimitación, utilizada anteriormente por la Secretaría de Energía para establecer topes diferenciados de consumo, incluye a Villa Carlos Paz dentro del departamento Punilla.

Por lo tanto, los hogares de estas zonas que estén incorporados al Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) podrán beneficiarse con los bloques eléctricos correspondientes a las regiones cálidas.

Para las restantes zonas del país se mantienen los límites generales: 300 kWh mensuales durante los meses de mayor demanda establecidos por la normativa y bloques menores en los períodos intermedios.

Es importante distinguir entre el volumen bonificable y el consumo total. El límite de 370 kWh no significa que una vivienda deba consumir menos de esa cantidad para conservar el subsidio. Significa que la bonificación nacional se aplica hasta ese volumen y que la energía utilizada por encima del límite se factura sin ese descuento.

Tampoco representa una reducción equivalente sobre toda la factura eléctrica, que incluye otros componentes tarifarios e impuestos.

Gas: quiénes conservan el beneficio de Zona Fría

La segunda modificación corresponde al régimen de subsidios al gas natural por redes y al gas propano indiluido distribuido por redes.

La Resolución 299/2026 reglamenta los cambios introducidos mediante la Ley 27.828 y el Decreto 1266/2026, que redefinieron los territorios y las condiciones de acceso al beneficio.

El nuevo esquema mantiene una bonificación del 50% sobre el precio del gas consumido para los usuarios residenciales de la Patagonia, el departamento de Malargüe, en Mendoza, y la región de la Puna.

La diferencia respecto del sistema anterior es que el descuento se calcula sobre el componente correspondiente al gas y no sobre la totalidad de la factura.

Esto significa que una bonificación del 50% no equivale necesariamente a pagar la mitad del importe final, ya que la boleta también incluye cargos de transporte, distribución e impuestos.

Para los hogares ubicados fuera de esas regiones, pero comprendidos en determinadas zonas bioambientales frías, se establece una bonificación adicional del 20% sobre el precio del gas, limitada al consumo base reconocido por el régimen de subsidios focalizados.

Este descuento es complementario de la asistencia energética que corresponda a cada usuario.

Para acceder, los hogares deberán estar inscriptos en el SEF, tener su suministro dentro de las subzonas bioambientales habilitadas y reunir al menos una de las condiciones socioeconómicas establecidas por la legislación.

Entre ellas figuran los hogares cuyos integrantes tengan ingresos netos conjuntos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2 del INDEC. También se contemplan situaciones específicas vinculadas con certificados de vivienda familiar, pensiones vitalicias para veteranos de Malvinas y certificados de discapacidad, estos últimos sujetos a la evaluación correspondiente.

La Secretaría de Energía utilizará la información del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), cruzada con la ubicación de los suministros, para determinar quiénes reúnen las condiciones.

El padrón será comunicado al ente regulador nacional y a las distribuidoras, que deberán incorporar las bonificaciones en las facturas de los usuarios alcanzados.

Córdoba y la pérdida del descuento automático en 13 departamentos

La reglamentación tiene especial importancia para los sectores de Córdoba que habían sido incorporados al régimen ampliado de Zona Fría en 2021.

Como informó La Jornada Web el pasado 7 de octubre, la reforma sancionada por el Congreso elimina el beneficio general que alcanzaba a aproximadamente 688.000 hogares de 13 departamentos cordobeses.

Se trata de Capital, Calamuchita, General Roca, General San Martín, Juárez Celman, Marcos Juárez, Presidente Roque Sáenz Peña, Río Cuarto, Río Segundo, San Javier, Santa María, Tercero Arriba y Unión.

Hasta la modificación, los usuarios comprendidos en esas áreas recibían un descuento general del 30%, que podía alcanzar el 50% para determinados sectores vulnerables.

Con el nuevo sistema, residir en esos departamentos deja de ser condición suficiente para obtener una bonificación. Los hogares deberán cumplir los requisitos del régimen focalizado para acceder al descuento adicional del 20% sobre el componente energético.

La modificación no significa que todos los beneficiarios anteriores pierdan cualquier tipo de asistencia, pero sí reemplaza un descuento territorial generalizado por otro sujeto a condiciones económicas y sociales.

Durante el debate legislativo, el gobernador Martín Llaryora cuestionó la eliminación del beneficio y reclamó su continuidad.

Posteriormente, el ministro de Comunicación provincial, Daniel Pastore, confirmó que el Ejecutivo analizaba recurrir a la Justicia, en coordinación con la Defensoría del Pueblo, para intentar frenar los cambios.

Hasta este martes no se había difundido una confirmación oficial de que esa presentación judicial estuviera formalmente radicada.

La publicación de la reglamentación nacional aporta ahora las condiciones concretas de aplicación de la reforma que Córdoba había cuestionado.

Qué deben tener en cuenta los usuarios

Las nuevas resoluciones entraron en vigencia con su publicación este 27 de octubre, mientras que la aplicación de las bonificaciones de gas contempla los consumos alcanzados desde la entrada en vigor de la reforma legal.

En electricidad, los bloques diferenciados se aplicarán según la zona bioambiental y el período de consumo correspondiente.

Los usuarios que ya reciben subsidios nacionales deberán verificar que su situación se encuentre correctamente registrada en el ReSEF. Quienes no estén inscriptos podrán solicitar el beneficio a través de los canales oficiales de la Secretaría de Energía.

Para realizar el trámite o consultar el estado de una solicitud se requiere información personal y del suministro, como el DNI, los CUIL de los integrantes del hogar, el número de medidor y los datos de identificación que aparecen en la factura.

En definitiva, el impacto sobre cada boleta dependerá de la ubicación del domicilio, el consumo realizado y la situación del hogar dentro del régimen de subsidios.

En Córdoba, la combinación de ambas medidas deja situaciones diferentes: algunos usuarios podrán acceder a un mayor bloque de electricidad subsidiada, mientras otros perderán el descuento general de Zona Fría en el gas y deberán reunir condiciones específicas para conservar una bonificación.

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