El Concejo de Representantes analizará la sanción de una ordenanza que tiene por objetivo ‘prevenir y erradicar’ la violencia laboral en el ámbito de la municipalidad de Villa Carlos Paz.

La propuesta fue elaborada por el abogado cordobés Carlos Emanuel Cafure en cooperación con el edil Daniel Ribetti, quien presentó el proyecto que tomó estado legislativo en la sesión de este jueves y pasó a comisión.

En los fundamentos Ribetti planteó que, la ausencia de una ley contra la violencia laboral a nivel nacional, provincial y municipal ‘complejiza’ una problemática que muchas veces deja en desamparo a los trabajadoras y trabajadores que procuran revertir estas situaciones.

Por esta razón se pretende sancionar una ordenanza municipal ‘a los fines de que desde el Estado, se les garantice a los trabajadores del ámbito estatal, condiciones dignas de trabajo (Art. 14 bis (C.N.) y ámbitos laborales libres de esta forma de violencia’.

En el artículo 1 , el texto aclara que la ordenanza ‘tiene por objeto prevenir, controlar y erradicar la Violencia Laboral de la Administración Pública Municipal, Organismos descentralizados, entes autárquicos, empresas o sociedades del estado municipal, sociedades de economía mixta o con participación estatal mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias, como así también de comisiones con distintos fines y los entes de regulación de servicios públicos, Concejo de Representantes, Tribunal de Cuentas, así como toda otra entidad u organismo dependiente de la Municipalidad de Villa Carlos Paz; para brindar la debida protección a las víctimas de conductas y/o acciones violentas y a las/los denunciantes y/o testigos de los actos que las configuran’.

La normativa será aplicable, ‘sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública municipal en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los funcionarios del ámbito municipal, denominadas indistintamente “trabajador/a” o “trabajadores/as”’.

A los efectos de la ordenanza se considera violencia laboral a toda agresión física, maltrato, acoso sexual y/o acoso moral o psicológico, que se ejerzan sobre una persona en su lugar de trabajo.

El planteo en el Concejo

El proyecto completo

Proyecto-Violencia-Laboral

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